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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Control de Gestión Administrativo 257<br />

que preocupa dadas las repercusiones para la comunidad.<br />

Otra Municipalidad que no pareciera tener justificación<br />

respecto de lo acontecido en el año 2008, es la<br />

de San José, cuyo reporte arroja un saldo acumulado<br />

muy importante, el cual se incrementó en un 53.7%<br />

respecto al año anterior.<br />

Las municipalidades que utilizaron todos sus recursos<br />

disponibles provenientes de la Ley Nº 8114, fueron<br />

las siguientes: Escazú, Desamparados, Aserrí,<br />

Goicoechea, Santa Ana, Alajuelita, Acosta, Curridabat,<br />

Pérez Zeledón, San Mateo, Atenas, Alfaro Ruiz,<br />

Valverde Vega, Guatuso, Barva, San Rafael, San<br />

Isidro, Belén, Flores, Bagaces, Nandayure, La Cruz,<br />

Hojancha, Esparza, Golfito, Parrita, Garabito, Limón,<br />

Pococí y Talamanca, en total 30 municipalidades,<br />

incrementándose en 11 municipalidades respecto al<br />

año 2008, lo cual da una idea de los esfuerzos que se<br />

han hecho por mejorar la utilización de estos recursos.<br />

Cabe señalar que ninguna municipalidad de la provincia<br />

de Cartago utilizó en su totalidad los recursos a su<br />

disposición, en el año 2008 y 10 municipalidades, son<br />

las que mayoritariamente acumulan el dato total de no<br />

ejecución con saldos mayores a los doscientos millones<br />

de colones.<br />

En lo que va del año 20<strong>09</strong>, hasta el 30 de abril, la<br />

Tesorería Nacional ha acreditado ¢6.470.112.822 del<br />

Presupuesto Nacional de este año, con base en la Ley<br />

Nº 8114, a 50 municipalidades del país, lo que significa<br />

un 31,4% del total asignado, y que de conformidad<br />

con el calendario de desembolsos se presenta una<br />

subejecución, dado que a esa fecha debiera ser de al<br />

menos un 50%.<br />

Donaciones en especie de RECOPE:<br />

Las donaciones que realiza la Refinadora Costarricense<br />

de Petróleo (RECOPE) anualmente a las municipalidades,<br />

están concebidas dentro del marco de colaboración<br />

de las instituciones descentralizadas y empresas<br />

públicas con los gobiernos locales, establecido en el<br />

artículo 67 del Código Municipal y tiene como objetivo<br />

“… colaborar con las Municipalidades para que eficiente<br />

y eficazmente desarrollen los proyectos en las<br />

comunidades que así lo necesiten.” 10<br />

Estas donaciones consisten en 120.000 litros anuales,<br />

ya sea de asfalto o de emulsión asfáltica, para las 81<br />

municipalidades del país y 8 Concejos Municipales<br />

de Distrito. La Presidencia Ejecutiva de RECOPE a<br />

10 Circular Nº P-064-20<strong>09</strong> de fecha 23 de enero del 20<strong>09</strong>, para el<br />

año 20<strong>09</strong>.<br />

principios de cada año remite una circular 11 a todas las<br />

Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito,<br />

comunicándoles la disposición de la Institución a efectuarles<br />

las donaciones, siempre y cuando cumplan<br />

con una serie de requisitos. Además, en relación con<br />

el uso de estos recursos, no se permite el canje de<br />

materiales de ninguna especie, ni el cambio de destino<br />

de los recursos a lo interno ni externo de la jurisdicción<br />

municipal, sin previa autorización de la presidencia<br />

Ejecutiva de RECOPE.<br />

La entrega del asfalto o de la emulsión asfáltica, está a<br />

cargo del Departamento de Facturación de RECOPE,<br />

el cual indica la fecha de entrega y el plantel donde se<br />

va a hacer ésta. Si se detectara alguna anomalía por<br />

parte de alguna municipalidad o concejo municipal de<br />

distrito, en la tramitología o ejecución de las obras, se<br />

sanciona con la suspensión de futuras donaciones,<br />

denunciando a la Contraloría General de la República<br />

las irregularidades cometidas por el municipio.<br />

La Presidencia Ejecutiva de RECOPE, remitió información<br />

12 a la Defensoría de los Habitantes, sobre los<br />

procedimientos a seguir para hacer efectivas las donaciones,<br />

directrices institucionales e informes de donaciones<br />

de asfalto y emulsión asfáltica autorizadas,<br />

detallando la Municipalidad, el Concejo Municipal de<br />

Distrito, tipo y cantidad de producto donado y el nombre<br />

de los proyectos, del período que abarca del 2006<br />

a abril del 20<strong>09</strong>. A continuación, se brindan los resultados<br />

más relevantes del análisis de la información<br />

proporcionada, en lo relativo a los datos que arrojan<br />

las donaciones efectuadas.<br />

Del año 2006 al 2008, la mayor cantidad de litros de<br />

ambos productos (asfalto y emulsión asfáltica), se dio<br />

en este último, con una cantidad de 6.791.08 litros,<br />

siendo la provincia de San José la más favorecida, con<br />

1.683.480 litros, siguiéndole la provincia de Cartago<br />

con 1.200.000 litros. En promedio, sus cantones obtuvieron<br />

la mayor cantidad de litros, a saber 120 litros,<br />

a pesar de que Paraíso y Oreamuno y el Concejo<br />

Municipal de Distrito de Tucurrique, no recibieron o<br />

solicitaron dicha donación. De los 81 cantones del<br />

país, el mayor favorecido con este tipo de donación<br />

en el período del 2006 al 2008, fue el de Jiménez de<br />

Cartago, el cual recibió 480.000 litros y si se le suma<br />

el Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique que<br />

pertenece a ese cantón, que recibió 380.000 litros, en<br />

total, suma 860.000 litros. En el año 2007, las donaciones<br />

fueron de 3.904.832 litros y en el año 2006 de<br />

3.567.958 litros.<br />

11 Circular antes citada.<br />

12 Oficio Nº P-395-20<strong>09</strong> de fecha 11 de mayo del 20<strong>09</strong>.

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