if08-09 - Asamblea Legislativa
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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Control de Gestión Administrativo 257<br />
que preocupa dadas las repercusiones para la comunidad.<br />
Otra Municipalidad que no pareciera tener justificación<br />
respecto de lo acontecido en el año 2008, es la<br />
de San José, cuyo reporte arroja un saldo acumulado<br />
muy importante, el cual se incrementó en un 53.7%<br />
respecto al año anterior.<br />
Las municipalidades que utilizaron todos sus recursos<br />
disponibles provenientes de la Ley Nº 8114, fueron<br />
las siguientes: Escazú, Desamparados, Aserrí,<br />
Goicoechea, Santa Ana, Alajuelita, Acosta, Curridabat,<br />
Pérez Zeledón, San Mateo, Atenas, Alfaro Ruiz,<br />
Valverde Vega, Guatuso, Barva, San Rafael, San<br />
Isidro, Belén, Flores, Bagaces, Nandayure, La Cruz,<br />
Hojancha, Esparza, Golfito, Parrita, Garabito, Limón,<br />
Pococí y Talamanca, en total 30 municipalidades,<br />
incrementándose en 11 municipalidades respecto al<br />
año 2008, lo cual da una idea de los esfuerzos que se<br />
han hecho por mejorar la utilización de estos recursos.<br />
Cabe señalar que ninguna municipalidad de la provincia<br />
de Cartago utilizó en su totalidad los recursos a su<br />
disposición, en el año 2008 y 10 municipalidades, son<br />
las que mayoritariamente acumulan el dato total de no<br />
ejecución con saldos mayores a los doscientos millones<br />
de colones.<br />
En lo que va del año 20<strong>09</strong>, hasta el 30 de abril, la<br />
Tesorería Nacional ha acreditado ¢6.470.112.822 del<br />
Presupuesto Nacional de este año, con base en la Ley<br />
Nº 8114, a 50 municipalidades del país, lo que significa<br />
un 31,4% del total asignado, y que de conformidad<br />
con el calendario de desembolsos se presenta una<br />
subejecución, dado que a esa fecha debiera ser de al<br />
menos un 50%.<br />
Donaciones en especie de RECOPE:<br />
Las donaciones que realiza la Refinadora Costarricense<br />
de Petróleo (RECOPE) anualmente a las municipalidades,<br />
están concebidas dentro del marco de colaboración<br />
de las instituciones descentralizadas y empresas<br />
públicas con los gobiernos locales, establecido en el<br />
artículo 67 del Código Municipal y tiene como objetivo<br />
“… colaborar con las Municipalidades para que eficiente<br />
y eficazmente desarrollen los proyectos en las<br />
comunidades que así lo necesiten.” 10<br />
Estas donaciones consisten en 120.000 litros anuales,<br />
ya sea de asfalto o de emulsión asfáltica, para las 81<br />
municipalidades del país y 8 Concejos Municipales<br />
de Distrito. La Presidencia Ejecutiva de RECOPE a<br />
10 Circular Nº P-064-20<strong>09</strong> de fecha 23 de enero del 20<strong>09</strong>, para el<br />
año 20<strong>09</strong>.<br />
principios de cada año remite una circular 11 a todas las<br />
Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito,<br />
comunicándoles la disposición de la Institución a efectuarles<br />
las donaciones, siempre y cuando cumplan<br />
con una serie de requisitos. Además, en relación con<br />
el uso de estos recursos, no se permite el canje de<br />
materiales de ninguna especie, ni el cambio de destino<br />
de los recursos a lo interno ni externo de la jurisdicción<br />
municipal, sin previa autorización de la presidencia<br />
Ejecutiva de RECOPE.<br />
La entrega del asfalto o de la emulsión asfáltica, está a<br />
cargo del Departamento de Facturación de RECOPE,<br />
el cual indica la fecha de entrega y el plantel donde se<br />
va a hacer ésta. Si se detectara alguna anomalía por<br />
parte de alguna municipalidad o concejo municipal de<br />
distrito, en la tramitología o ejecución de las obras, se<br />
sanciona con la suspensión de futuras donaciones,<br />
denunciando a la Contraloría General de la República<br />
las irregularidades cometidas por el municipio.<br />
La Presidencia Ejecutiva de RECOPE, remitió información<br />
12 a la Defensoría de los Habitantes, sobre los<br />
procedimientos a seguir para hacer efectivas las donaciones,<br />
directrices institucionales e informes de donaciones<br />
de asfalto y emulsión asfáltica autorizadas,<br />
detallando la Municipalidad, el Concejo Municipal de<br />
Distrito, tipo y cantidad de producto donado y el nombre<br />
de los proyectos, del período que abarca del 2006<br />
a abril del 20<strong>09</strong>. A continuación, se brindan los resultados<br />
más relevantes del análisis de la información<br />
proporcionada, en lo relativo a los datos que arrojan<br />
las donaciones efectuadas.<br />
Del año 2006 al 2008, la mayor cantidad de litros de<br />
ambos productos (asfalto y emulsión asfáltica), se dio<br />
en este último, con una cantidad de 6.791.08 litros,<br />
siendo la provincia de San José la más favorecida, con<br />
1.683.480 litros, siguiéndole la provincia de Cartago<br />
con 1.200.000 litros. En promedio, sus cantones obtuvieron<br />
la mayor cantidad de litros, a saber 120 litros,<br />
a pesar de que Paraíso y Oreamuno y el Concejo<br />
Municipal de Distrito de Tucurrique, no recibieron o<br />
solicitaron dicha donación. De los 81 cantones del<br />
país, el mayor favorecido con este tipo de donación<br />
en el período del 2006 al 2008, fue el de Jiménez de<br />
Cartago, el cual recibió 480.000 litros y si se le suma<br />
el Concejo Municipal de Distrito de Tucurrique que<br />
pertenece a ese cantón, que recibió 380.000 litros, en<br />
total, suma 860.000 litros. En el año 2007, las donaciones<br />
fueron de 3.904.832 litros y en el año 2006 de<br />
3.567.958 litros.<br />
11 Circular antes citada.<br />
12 Oficio Nº P-395-20<strong>09</strong> de fecha 11 de mayo del 20<strong>09</strong>.