if08-09 - Asamblea Legislativa
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166 Defensoría de los Habitantes<br />
Informe Anual de Labores 2008-20<strong>09</strong><br />
a.6. Derechos Sexuales y Reproductivos.<br />
La Defensoría, ha considerado reiteradamente que<br />
existe un vacío legal en esta materia, razón por la que<br />
recibe con satisfacción que exista un proyecto de ley<br />
en la corriente legislativa, el cual debe atender y desarrollar<br />
los compromisos internacionales adquiridos por<br />
Costa Rica en materia de los derechos de las mujeres,<br />
máxime cuando la salud sexual y reproductiva, forma<br />
parte del derecho al disfrute del más alto nivel posible<br />
“El acoso laboral, es uno de los temas que más ha aumentado en los últimos años en<br />
términos de denuncias y mantiene esa tendencia; sin embargo, el país continúa sin tener<br />
una normativa especial que unifique medidas, instrumentos y sanciones al respecto.<br />
Las diferentes instituciones y lugares de trabajo, asumen diferentes estrategias y<br />
recomendaciones para enfrentarlo, con resultados disímiles, por lo que la herramienta<br />
jurídica es absolutamente necesaria.”<br />
de salud física y mental, reconocido en un gran número<br />
de tratados internacionales.<br />
Para la Defensoría, cualquier proyecto en esta materia<br />
debe partir de que el acceso, goce y disfrute de<br />
la salud tiene un impacto distinto entre los hombres y<br />
las mujeres. Desde los años 80, internacionalmente<br />
se desarrolla la perspectiva de equidad de género en<br />
la salud, que parte de la existencia de relaciones de<br />
poder desiguales entre los hombres y las mujeres que<br />
determinan su salud, sus enfermedades, su calidad<br />
de vida, el desarrollo de las capacidades y la prestación<br />
de los servicios. Este es un enfoque que debe incluirse<br />
en cualquier análisis de salud, particularmente<br />
de salud sexual y reproductiva.<br />
En ese sentido, la Defensoría comparte la definición de<br />
salud reproductiva prevista en el proyecto, ya que se<br />
supera la mera ausencia de enfermedad, para pasar<br />
a la dimensión de salud integral y derechos humanos,<br />
con la consideración de la libertad para reproducirse<br />
cuando, con quién y con la frecuencia deseada , según<br />
su criterio.<br />
En el proyecto se consigna el diseño de políticas<br />
públicas, que deben propiciar el cumplimiento de los<br />
compromisos internacionales de modificar patrones<br />
socioculturales. La Defensoría está convencida de<br />
que el sustento práctico a la agenda de los derechos<br />
humanos, está en la construcción e implementación de<br />
políticas públicas que favorezcan estos derechos.<br />
Es importante mencionar que el proyecto contempla<br />
la provisión del condón femenino y masculino por<br />
parte de la CCSS y el Ministerio de Salud. De igual<br />
forma, se desagregan una serie de derechos en los<br />
que se traducen y manifiestan los derechos sexuales y<br />
reproductivos, tales como: el derecho al disfrute de la<br />
sexualidad, a una educación integral en salud sexual<br />
y reproductiva, al ejercicio pleno de la sexualidad, a<br />
decidir sobre la reproducción, a recibir servicios de<br />
salud, al uso de métodos anticonceptivos, a la esterilización<br />
voluntaria, a la visita<br />
y cuido sin discriminación<br />
alguna, y a la atención en<br />
salud en los casos de violencia<br />
sexual, garantizando<br />
respeto a la confidencialidad<br />
y privacidad. Por otra<br />
parte, el proyecto reconoce<br />
los derechos de las<br />
Defensoría de la Mujer, 20<strong>09</strong><br />
poblaciones específicas,<br />
identificando sus características<br />
de acuerdo con la<br />
edad, sexo y discapacidad.<br />
Además, como todo proyecto, es susceptible de mejorar<br />
y por ello, la Defensoría argumentó sólidamente<br />
algunos temas que deben ampliarse o sustituirse.<br />
B. AMBITO LABORAL<br />
1.b. El acoso laboral: un reto del sistema para la permanencia<br />
de las mujeres en el trabajo remunerado.<br />
Las mujeres siguen siendo las principales víctimas<br />
de muchas de las desigualdades, discriminaciones y<br />
dificultades que se dan en el ámbito laboral. Estos<br />
obstáculos responden a la concepción tradicional del<br />
derecho al trabajo, que deriva de un particular modelo<br />
de sociedad, concebido estructuralmente por el<br />
sistema patriarcal dominante, en el que las mujeres<br />
constituyen la parte más débil de la relación laboral, la<br />
cual se manifiesta en percibir salarios más bajos por<br />
igual trabajo, prolongadas jornadas de trabajo, despidos<br />
ilegales por embarazo o bien, la imposibilidad de<br />
acceder a trabajo en estado de embarazo o en período<br />
de lactancia, la dificultad para acceder a puestos de<br />
decisión, la definición de roles de trabajo sin considerar<br />
las demás responsabilidades de las mujeres,<br />
hostigamiento sexual y acoso laboral.<br />
El acoso laboral es un problema que afecta el corazón<br />
mismo de la relación laboral y causa problemas de<br />
efectividad, ejecución del trabajo, pero, sobre se trata<br />
de un daño psicológico en la víctima, donde ella se<br />
siente deprimida, perseguida, tensa, saturada, con la<br />
autoestima dañada, con sensaciones tan marcadas<br />
que no sabe si está enferma, deprimida, o con ganas