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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de Control de Gestión Administrativo 255<br />

están requiriendo actualmente algunos ayuntamientos--<br />

con el fin de solventar cualquier problema que se<br />

presente a futuro.<br />

La Defensoría de los Habitantes, ha reiterado a los<br />

gobiernos locales que la función de vigilancia de las<br />

obras no debe ser dilatada y mucho menos obviada de<br />

modo alguno; debe ser una función activa y constante<br />

en proceso, para que los constructores ejecuten las<br />

obras acatando rigurosamente TODAS las especificaciones<br />

técnicas y requisitos que se impongan puesto<br />

que la labor encomendada por ley, debe ser ejercida<br />

de una manera diligente y satisfactoria en aras de que<br />

las y los habitantes tengan la seguridad de que sus<br />

derechos e intereses en este ámbito serán protegidos<br />

y respetados por las autoridades responsables de proveer<br />

un servicio público para las y los administrados.<br />

infraestructura vial que mejore la calidad de vida de los<br />

habitantes de cada cantón.” 7<br />

Las recomendaciones fueron acogidas e implementadas<br />

en el transcurso del año 2008 y lo que va del<br />

20<strong>09</strong>, tanto por el Ministerio de Hacienda, mediante la<br />

Tesorería Nacional, como por el Ministerio de Obras<br />

Públicas y Transportes, a través del Departamento<br />

de Gestión Municipal. Además, se han realizado<br />

reuniones donde han participado funcionarios de la<br />

Contraloría General de la República y Ministerios señalados<br />

y se han girado instrucciones a las municipalidades<br />

sobre las nuevas disposiciones adoptadas.<br />

La administración de la red vial cantonal, las<br />

Municipalidades y Concejos Municipales de Distrito,<br />

cuentan los siguientes recursos:<br />

Por la importancia del desarrollo urbano, los gobiernos<br />

locales deben garantizar el equilibrio con el medio<br />

ambiente a largo plazo, evitando visiones y políticas<br />

cortoplacistas poco integradoras, que eventualmente<br />

propicien zonas de protección, mantos acuíferos y<br />

afectando la biodiversidad, flora y fauna.<br />

Red Vial Cantonal<br />

1.<br />

2.<br />

3.<br />

Provenientes de la actividad propia municipal<br />

(incluye impuestos).<br />

Impuesto Único a los Combustibles (Ley Nº<br />

8114).<br />

Transferencias de instituciones públicas<br />

descentralizadas (Refinadora Costarricense<br />

d e P e t r ó l e o , C o m i s i ó n N a c i o n a l d e<br />

Emergencias).<br />

La Defensoría de los Habitantes, ha venido abordando<br />

el tema de la Red Vial Cantonal desde la perspectiva<br />

de los recursos que se le asignan a las municipalidades<br />

para efectos del mantenimiento rutinario y periódico,<br />

mejoramiento, reconstrucción y obra nueva, provenientes<br />

del Impuesto Único a los Combustibles, Ley<br />

Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria.<br />

En su momento, se giraron una serie de recomendaciones<br />

tanto a las municipalidades como al Ministerio<br />

de Obras Públicas y Transportes y al Ministerio de<br />

Hacienda, respecto de una eficiente y eficaz utilización<br />

de dichos recursos y la mejora en la tramitología (disminución<br />

de trámites), para poder acceder a éstos.<br />

Como parte de esos esfuerzos, a mediados del mes<br />

de julio del 2008, fue publicado, el nuevo “Reglamento<br />

sobre el Manejo, Normalización y Responsabilidad<br />

para la Inversión Pública en la Red Vial Cantonal”.<br />

Esto con el fin de “… actualizar sus regulaciones a<br />

efectos de considerar las experiencias y realidades<br />

institucionales, el nuevo entorno normativo y la necesidad<br />

de agilizar, modernizar y especializar los procesos<br />

de inversión en la red vial cantonal, con el propósito<br />

de satisfacer el interés colectivo por contar con una<br />

4.<br />

5.<br />

Partidas Específicas destinadas a infraestructura<br />

vial.<br />

Aportes comunales (convenios municipalidad<br />

– comunidad).<br />

Con estos recursos las obras viales y cualquier otro tipo<br />

de obra que ejecutan las municipalidades, se dividen<br />

en obras por administración, o sea que la municipalidad<br />

asume con su personal la construcción de la obra<br />

con el equipo y la adquisición de materiales; y obras<br />

por contrato, asumiendo las diferentes modalidades<br />

contenidas en la Ley de Contratación Administrativa,<br />

según sea el caso.<br />

Las municipalidades han venido desarrollando las<br />

obras viales desde unidades que, de acuerdo a la<br />

organización de cada una son asumidas por los departamentos<br />

de: Ingeniería Municipal, Obras Municipales,<br />

Construcción Vial, etc.; no es sino hasta la entrada en<br />

vigencia de la Ley de Simplificación Tributaria que se<br />

han ido creando paulatinamente las Unidades Técnicas<br />

de Gestión Vial como unidades tanto de planificación,<br />

7 Considerando VIII del Reglamento sobre el Manejo,<br />

Normalización y Responsabilidad para la Inversión Pública en la<br />

Red Vial Cantonal, Decreto Nº 34624-MOPT, publicado en La gaceta<br />

N1 138 del 17 de julio del 2008.

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