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if08-09 - Asamblea Legislativa

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Dirección de Niñez<br />

y Adolescencia<br />

Ámbito de competencia de la Dirección de Niñez y<br />

Adolescencia<br />

La Dirección de Niñez y Adolescencia tiene por mandato<br />

institucional velar porque el funcionamiento del<br />

sector público garantice los derechos de los niños, niñas<br />

y adolescentes, lo que se une a la designación de<br />

la Defensoría de los Habitantes como vigilante de las<br />

disposiciones del Código de la Niñez y la Adolescencia,<br />

a partir de la promulgación de este importante cuerpo<br />

normativo.<br />

Conscientes de la relevancia que reviste dicho mandato,<br />

es que además de la atención cotidiana de cada caso<br />

particular, la Dirección ha extendido su labor mediante<br />

acciones de carácter general y estructural que redundan<br />

en beneficios para esta población. En este sentido<br />

se han fortalecido funciones como la de la secretaría<br />

técnica del Foro de Seguimiento al Cumplimiento del<br />

Código de la Niñez y la Adolescencia, donde se destaca<br />

en los últimos dos años la decidida participación y<br />

el compromiso de las entidades gubernamentales y no<br />

gubernamentales que lo integran.<br />

De igual manera, otro tema que es motivo de gran satisfacción<br />

institucional para el período que corre este<br />

Informe, es la aprobación de la Ley del Derecho a la<br />

Disciplina sin Castigo Físico, Ley Nº 8654 del 1º de<br />

setiembre de 2008, iniciativa que fue planteada por la<br />

Defensoría de los Habitantes ante el resabio que aún<br />

contenía el sistema jurídico costarricense, al permitir<br />

el uso del castigo corporal así como los tratos crueles<br />

y humillantes como forma de educación y disciplina<br />

de los niños, niñas y adolescentes. Luego de más de<br />

cinco años de debate en la <strong>Asamblea</strong> <strong>Legislativa</strong> y con<br />

el apoyo de instancias como PANIAMOR, Save the<br />

Children, PANI y UNICEF, se alcanzó este histórico<br />

logro, el cual deberá verse reflejado en un cambio de<br />

cultura y en la formación de nuevos patrones de crianza,<br />

basados en el respeto a la dignidad de la persona<br />

menor de edad.<br />

Reviste particular importancia mencionar la labor de<br />

defensa y protección que la Dirección ha realizado<br />

en materia de protección especial a las personas menores<br />

de edad pertenecientes al grupo étnico Ngöbe.<br />

Las condiciones mediante las que estas personas se<br />

trasladan al país, en compañía de sus familiares con<br />

el propósito de realizar la recolecta de café, los coloca<br />

en una evidente situación de vulnerabilidad. Como<br />

se verá más adelante, los derechos a la identidad, la<br />

salud y educación de esta población, por mencionar algunos,<br />

se han visto seriamente violentados, razón por<br />

la que se han identificado como un grupo de atención<br />

particular durante este período.<br />

Asimismo, como se ha indicado en informes anteriores,<br />

la Dirección de Niñez y Adolescencia, como la instancia<br />

especializada de la Defensoría de los Habitantes<br />

en materia de protección de los derechos de los niños,<br />

niñas y adolescentes del país, asume esta labor por<br />

medio de cuatro ejes de acción:<br />

• Recepción, procesamiento y resolución de consultas,<br />

denuncias y quejas, entendidas como<br />

solicitudes de intervención.<br />

• Promoción, capacitación y difusión de los derechos<br />

e intereses de la niñez y la adolescencia.<br />

• Seguimiento, revisión y reformulación de la legislación,<br />

normas y procedimientos institucionales<br />

en la materia.<br />

• Promoción y acompañamiento de procesos sociales<br />

e institucionales dirigidos a la protección,

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