if08-09 - Asamblea Legislativa
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Capítulo II: Informe de Gestión Dirección de la Mujer 171<br />
43%<br />
Gráfico 2<br />
Absolución de la persona denunciada<br />
25%<br />
3%<br />
3%<br />
13%<br />
13%<br />
Falta de prueba<br />
Deserción de la per.<br />
Denunciante<br />
Indubio pro operario<br />
Relación de confianza<br />
No constituyó<br />
Hostigamiento<br />
Otros<br />
Fuente: Defensoría de los Habitantes, base SOL. Elaborado por la<br />
Defensoría de la Mujer, 2008.<br />
de tiempo, modo y lugar que respaldan la versión de<br />
la ofendida 8 .<br />
Estima la Defensoría, como otro elemento para la valoración<br />
de este tipo de prueba que debe tomarse en<br />
consideración, es el testimonio de la víctima. Aunado<br />
a lo anterior, los testimonios de las o los testigos vienen<br />
a complementarse, pues, aunque no fueron presenciales<br />
de la conducta impropia y grave del actor,<br />
son de referencia sí coinciden en parte con lo narrado<br />
por la víctima; y a la vez, sí son testigos directos de las<br />
circunstancias posteriores que rodearon los hechos<br />
investigados 9 .<br />
Asimismo, deben valorarse de mejor manera los cambios<br />
y modificaciones en las conductas y rendimiento<br />
laboral y educativo, que constituyen consecuencias de<br />
los actos de connotación sexual. Estas consecuencias,<br />
como la baja de rendimiento a raíz de la prolongación<br />
de actos indeseables, se puede observar cuando sus<br />
calificaciones o su desempeño laboral disminuyen, la<br />
deserción en el ámbito educativo, las incapacidades,<br />
la depresión, insomnio, gastritis, colitis, inapetencia o<br />
ansiedad y otras enfermedades producto de la exposición<br />
a estas conductas. Además, la víctima empieza<br />
alejarse de actividades sociales, pierde confianza en<br />
sí misma, evita relaciones interpersonales, sobre todo<br />
con la persona denunciada 11 .<br />
Ahora bien, cuando un caso llega a la etapa sancionatoria,<br />
esta Defensoría ha encontrado que el 15%<br />
corresponde al despido sin responsabilidad patronal,<br />
3% a amonestaciones y un 34 % a suspensiones sin<br />
goce de salario, que van desde 1 día 12 hasta 30 días,<br />
como se presenta en el siguiente gráfico.<br />
La investigación preliminar continúa siendo una práctica<br />
indebida en los procesos de hostigamiento sexual,<br />
que no garantiza los derechos de las víctimas al poner<br />
en riesgo el derecho a la confidencialidad. Se puede<br />
revictimizar a la persona denunciante, no caben las<br />
medidas cautelares, no se tiene acceso adecuado<br />
a las pruebas, no hay oportunidad de referirse a las<br />
Gráfico 3<br />
Los testimonios de las personas testigos circunstanciales,<br />
puede que no coincidan en parte con lo narrado<br />
por parte de la víctima, como ha indicado la Sala<br />
Segunda, debido a que cada persona tiene su propia<br />
realidad y narra de distinta manera los hechos, pero<br />
la relevancia de cada testimonio es que coincidan los<br />
hechos de mayor importancia narrados por la víctima y<br />
las o los demás testigos 10 .<br />
Personas denuncias que fueron suspendidas<br />
durante el 2008<br />
23%<br />
10%<br />
20%<br />
7%<br />
3% 7%<br />
20%<br />
10%<br />
1 día<br />
2 días<br />
3 días<br />
5 días<br />
8 días<br />
15 días<br />
22 días<br />
30 días<br />
8 Expediente 04-000745-0166-LA, resolución 2008-001061,<br />
SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San<br />
José, a las nueve horas veinte minutos del diecinueve de diciembre<br />
del dos mil ocho.<br />
9 Expediente 19475-2008-SI caso hostigamiento sexual,<br />
Defensoría de los Habitantes.<br />
10 La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ha<br />
marcado la guía jurisprudencial de que las declaraciones de los<br />
testigos no pueden ser estrictamente precisas y coincidente porque<br />
cada persona ve o escucha lo que sucede desde su propio ángulo y<br />
como normalmente las deposiciones descansan en la memoria, es<br />
casi imposible que se puedan recordar hasta lo más ínfimos detalles<br />
de una situación específica, siendo que casi siempre, los hechos de<br />
mayor relevancia son los que se recordarán mejor,.. (Hostigamiento<br />
Sexual, voto Nº691 del diez de diciembre de 2008, Tribunal de<br />
Trabajo Sección Cuarta, Segundo Circuito de San José)<br />
Fuente: Defensoría de los Habitantes, base SOL. Elaborado por<br />
la Defensoría de la Mujer, 2008.<br />
11 Expediente 05460-07-SI, caso hostigamiento sexual, Defensoría<br />
de los Habitantes. La denunciante de este caso estuvo incapacitada<br />
por psiquiatría durante casi todo el proceso, en este caso fue<br />
fundamental la certificación médica para la comprobación del<br />
hostigamiento sexual.<br />
12 Expediente <strong>09</strong>076-2007-SI se aplica la suspensión de un día<br />
sin goce de salario, pese a que se constató la presencia de actos de<br />
connotación sexual, sólo se le aplica un día debido ala importancia<br />
de sus funciones.