if08-09 - Asamblea Legislativa
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266 Defensoría de los Habitantes<br />
Informe Anual de Labores 2008-20<strong>09</strong><br />
En este sentido, como parte de controles previos,<br />
la Contraloría señala la obligación de que las y los<br />
donantes rindan declaraciones juradas, de no tener<br />
intereses económicos directos o indirectos en el plan<br />
regulador y una constatación de que las y los donantes<br />
no tienen vínculos con los posibles beneficiarios,<br />
indicando que un funcionario público de la Universidad<br />
debe ser la persona responsable que asuma la dirección<br />
y desarrollo en el proceso de elaboración del plan<br />
regulador.<br />
Llama la atención de la Defensoría, este último dictamen<br />
de la Contraloría,<br />
en vista de que el mismo<br />
Órgano fiscalizador fuera<br />
el que planteara la demanda<br />
en lo Contencioso<br />
Administrativo, entre muchos<br />
y variados temas,<br />
por el riesgo implícito e<br />
ilegalidad de la elaboración<br />
de planes reguladores,<br />
en manos de sujetos<br />
de derecho privado que<br />
--como fue demostrado<br />
en el caso de Ventanas<br />
de Osa-- pudieran pretender<br />
posteriormente una<br />
concesión o tener un determinado<br />
interés.<br />
Por otro lado, la Defensoría comprende que la<br />
Administración Pública, pudiera no contar con el<br />
insumo técnico, la plataforma presupuestaria, el personal<br />
idóneo, el recurso material y un procedimiento<br />
eficiente que permita la elaboración efectiva de planes<br />
reguladores costeros.<br />
Sobre el particular, es claro por una parte, que la evidente<br />
ineficiencia del mismo Estado, para hacer frente<br />
a procesos que han sido sumamente dilatorios con<br />
respecto a la elaboración de los instrumentos de planificación,<br />
la falta de recurso humano y material pudiera<br />
hacer pensar que la idea de dejar la elaboración de<br />
estos instrumentos en manos privadas, sea una forma<br />
de agilizar la aprobación de estos procesos que ya per<br />
se son suficientemente complejos; no obstante, por<br />
imperativo legal, la potestad de planificación y ordenamiento<br />
del territorio es una potestad pública y por lo<br />
tanto es irrenunciable, con lo que no existe una habilitación<br />
normativa para que sujetos de derecho privado<br />
puedan ejercer dicha potestad, en especial, considerando<br />
que la misma puede ser apoyada técnicamente<br />
por el ICT o el INVU.<br />
Uno de los mayores riesgos que enfrenta el tema, es la<br />
práctica de empresarios que pudieran eventualmente<br />
ofrecer financiar el plan regulador y a la vez resulten<br />
beneficiarios de las concesiones; lo cual, además<br />
de resultar inconveniente e irregular, constituye un<br />
evidente conflicto de intereses que a criterio de la<br />
Defensoría, se debe evitar a toda costa.<br />
“Los planes reguladores costeros, constituyen la principal herramienta de ordenamiento<br />
territorial que permite tutelar la disposición de la zona marítimo terrestre. Por ello, la<br />
Defensoría continúa apostando por planes reguladores integrales con lo que, para poder<br />
lograr un desarrollo adecuado, sostenible y sustentable, es más que necesario contar con<br />
una integralidad de la dinámica y situación existente en el cantón. Los planes reguladores<br />
fraccionados, fomentan el desorden, no permiten contar con una radiografía completa y por<br />
el contrario, segregada de la realidad del cantón, de las necesidades de sus pobladores y no<br />
permiten un mapeo amplio y general de las zonas de protección existentes. En este sentido<br />
es que la Defensoría considera que el Estado costarricense, debe proceder a impulsar<br />
el fortalecimiento de los mismos gobiernos locales y su fiscalización como parte de una<br />
seguridad humana responsable.”<br />
Dirección de Control de Gestión Administrativa, 20<strong>09</strong><br />
Agrava la situación, la preocupación de la Defensoría<br />
respecto de las actuaciones de los gobiernos locales,<br />
sobre de la tolerancia para con las y los empresarios,<br />
administrados e interesados. En este sentido, continúa<br />
la Defensoría en su lucha porque la fiscalización<br />
municipal sea realizada de manera eficiente, efectiva y<br />
responsable siendo que durante este año nuevamente<br />
observó concesiones otorgadas sin un plan regulador<br />
integral, construcciones en la zona pública marítimo<br />
terrestre, poca coordinación con las y los actores involucrados<br />
para la tutela de las áreas costeras, falta<br />
de inventario de las zonas de protección, divorcio<br />
entre ciertos gobiernos locales y el IGN en cuanto a<br />
los amojonamientos; y una imperante necesidad de<br />
agilizar procesos de ordenamiento territorial costero; y<br />
en general, una falta de fortalecimiento en materia de<br />
fiscalización.<br />
No obstante, corresponde a los mismos Gobiernos<br />
Locales, avocarse a la tarea ineludible e intransferible<br />
de fortalecer su misma institución. Es claro que sin un<br />
adecuado fortalecimiento de los Gobiernos Locales,<br />
no se puede pretender un desarrollo integral y en ese<br />
sentido, es imperante dejar plasmada la necesidad de<br />
que el Estado genere las acciones necesarias para<br />
que las Corporaciones Municipales puedan contar con<br />
los insumos e instrumentos adecuados que les permita<br />
hacer frente a la realización responsable de los planes<br />
reguladores cantorales.