MONOGRAFIA_18_Discapacidad
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la discapacidad y la protección judicial de las personas con discapacidad:<br />
el ministerio fiscal y sus atribuciones<br />
• Capacidad de manejarse en los aspectos relativos a la salud, adminis-<br />
tración de medicamentos, seguimiento de tratamientos,… conciencia de<br />
enfermedad.<br />
• Capacidad de vivir de forma autónoma para la alimentación o manejo del<br />
transporte público.<br />
Aunque los diagnósticos de enfermedades no sean incapacitantes por sí mismos,<br />
ante la complejidad de su situación patrimonial y familiar, pueden producirse<br />
engaños por terceras personas que exigen del establecimiento de medidas<br />
de protección, es el caso más frecuente de personas de avanzada edad, capaces<br />
para la realización de actos simples de su vida cotidiana, pero no lo bastante para<br />
llevar a cabo la administración de su patrimonio.<br />
Suele advertirse en un sector importante de personas mayores con discapacidades,<br />
un alto grado de vulnerabilidad, de dependencia afectiva que puede<br />
condicionar sus decisiones, por lo que se ve limitada funcionalmente la capacidad<br />
para regir su persona y bienes de forma total y permanente.<br />
Es en esta fase en la que con mayor frecuencia suelen instarse judicialmente la<br />
adopción de medidas cautelares de protección, fundamentalmente económicas (control<br />
cuentas corrientes, anotaciones preventivas de la demanda en los correspondientes<br />
registros públicos, entrega poderes notariales, traslados a centros residenciales…).<br />
En cualquier caso, la concurrencia de la situación de discapacidad y la necesidad<br />
de protección es el motivo determinante de la iniciación de cada procedimiento.<br />
Es conveniente advertir de la necesidad de desarrollo del artículo 5 del Estatuto<br />
Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) –única disposición que regula la<br />
materia-, para adaptarse a la jurisdicción civil ya que, al tener la citada regulación<br />
un origen de carácter penal, en ocasiones se crean disfunciones.<br />
Por ello, éste sería un buen momento para la reforma del Reglamento Orgánico<br />
que se está abordando en la actualidad ya que debería dedicarse un capítulo<br />
a las líneas básicas de estas diligencias preprocesales de naturaleza civil. A tales<br />
efectos, se tendrá en cuenta:<br />
A) Fundamento de las diligencias preprocesales<br />
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (MF), Ley 24/2007, de 9 de octubre,<br />
sigue dedicando el Art. 5 a la regulación de las diligencias de investigación<br />
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