MONOGRAFIA_18_Discapacidad
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ioética, discapacidad y diversidad funcional<br />
Sobre este segundo aspecto hay que significar que a las mujeres con discapacidad,<br />
sobre todo psíquica, aunque no exclusivamente, se las considera tradicionalmente<br />
incapaces de ejercer roles como el de novias, esposas y madres,<br />
y desde pequeñas se las trata de convencer de que eso no es para ellas, que no<br />
pueden llevar una vida independiente fuera de su familia de origen y, mucho<br />
menos, ocuparse de sus hijos 45 . En definitiva, se produce hacía ellas una cierta<br />
infantilización, pues se las ve como una especie de “eternas niñas”, a las que no<br />
se las reconoce el control sobre su propia sexualidad.<br />
Sin dejar de admitir la vulnerabilidad que en muchas ocasiones presenta una<br />
mujer con discapacidad, el estereotipo referido es precisamente el que trata de<br />
combatir la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, de<br />
2006, al exigir a los Estados que tomen medidas para poner fin a la discriminación<br />
en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad<br />
y las relaciones personales. De esta manera, se afirma con rotundidad que se debe<br />
reconocer el derecho de todas las personas con discapacidad en edad de contraer<br />
matrimonio, a casarse y a fundar una familia sobre la base del consentimiento<br />
libre y pleno de los futuros cónyuges.<br />
Asimismo, la Convención exhorta a que se respete el derecho de las personas<br />
con discapacidad a decidir libremente y de manera responsable el número de hijos<br />
que quieren tener y el tiempo que debe transcurrir entre un nacimiento y otro,<br />
y a tener acceso a información, educación sobre reproducción y planificación<br />
familiar apropiados para su edad. De forma más precisa todavía, el Convenio<br />
proclama el derecho de las personas con discapacidad, incluidos los niños y las<br />
niñas, a mantener su fertilidad en igualdad de condiciones con las demás.<br />
A modo de resumen, se produce una clara llamada a salvaguardar la salud<br />
sexual y reproductiva de las personas con discapacidad, como manera de<br />
potenciar su autonomía y libertad en el plano no sólo sanitario, sino también<br />
social.<br />
45 Bengoechea Gil Mª A: Mujeres con discapacidad en la Convención Internacional de los Derechos<br />
de las Personas con <strong>Discapacidad</strong> y en el Ordenamiento jurídico español, en La Convención internacional<br />
sobre los derechos de las personas con discapacidad y su impacto en el ordenamiento jurídico<br />
español. Informe elaborado por el Instituto de Derechos Humanos “Bartolomé de las Casas” en el marco<br />
del Proyecto de investigación “El impacto que la incorporación y ratificación de la Convención Internacional<br />
de los Derechos de las Personas con <strong>Discapacidad</strong> tiene en el Ordenamiento jurídico español”,<br />
Diciembre 2008. 1108-1142.<br />
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