13.03.2013 Views

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ioética, discapacidad y diversidad funcional<br />

El modelo contractualista es el que típicamente se articula en torno a la figura<br />

del consentimiento informado. Sin embargo, en el ámbito de la rehabilitación, se<br />

producen numerosas situaciones en las que resulta complicado que el proceso de<br />

información, evaluación de las alternativas y riesgos existentes y toma de decisiones<br />

pueda producirse de manera adecuada, en la medida en la que la persona<br />

con discapacidad se encuentre desorientada o en condiciones precarias para asumir<br />

de manera completamente autónoma y acertada las opciones elegidas.<br />

Como es bien sabido, el paternalismo ha constituido tradicionalmente un<br />

elemento sustantivo en la relación asistencial 57 . Referido a la rehabilitación, se<br />

ha considerado justificado cuando las personas presentan problemas cognitivos<br />

o psicológicos que les impiden participar en la toma de decisiones 58 o cuando su<br />

integridad física o su vida están en riesgo 59 . Sin embargo, la aplicación del modelo<br />

paternalista en el contexto rehabilitador plantea varios problemas. En primer<br />

lugar, la dificultad de determinar objetivamente el grado de disfuncionalidad de<br />

la persona a la hora de desestimar sus decisiones 60 . El margen de discrecionalidad<br />

que se produce en estas evaluaciones implica que la actuación paternalista<br />

no debería justificarse aplicando este criterio. Por otra parte, pueden producirse<br />

reacciones de resistencia al tratamiento que desde una perspectiva paternalista<br />

cabría interpretar como fruto de la incompetencia o como una suerte de “rebeldía<br />

patológica” cuando podrían ser la expresión de un deseo de autodeterminación.<br />

Puesto que el objetivo que teóricamente persiguen los programas rehabilitadores<br />

es el logro de la máxima independencia por parte de las personas con discapacidad,<br />

sus intervenciones deberían huir del paternalismo para facilitar que sean<br />

ellas quienes asuman el control de sus propias vidas. Para ello, es necesario que<br />

57 Gracia D: Fundamentos de Bioética. Madrid : Triacastela : 2007, 41-45.<br />

58 Caplan A: Informed Consent and Provider-Patient Relationships in Rehabilitation Medicine. Archives<br />

of Physical Medicine and Rehabilitation, 1988, 69(5): 312–317:315.<br />

59 Esta otra situación podría aplicarse también a personas generalmente no consideradas como discapacitadas/con<br />

diversidad funcional.<br />

60 En este sentido, Auerbach V y Banja J han detectado discrepancias significativas entre médicos,<br />

psicólogos y abogados a la hora de establecer la incompetencia de personas que han sufrido daños cerebrales<br />

postraumáticos. En Auerbach V y Banja J: Competency Determinations, en Medical-Psychiatric<br />

Practice, vol. 2, 1993, pp. 515–535, ed. Stoudemire A y Fogel B. Washington, DC: American Psychiatric<br />

Press; por su parte, Richard Wanlass y sus colaboradores encontraron incoherencias en la determinación<br />

de los grados de discapacidad por parte de médicos rehabilitadores. En Wanlass R et al. Communication<br />

Among Rehabilitation Staff: ‘Mild,’ ‘Moderate,’ or ‘Severe’ Deficits? Archives of Physical Medicine and<br />

Rehabilitation, 1992, 73(5): 477–481.<br />

57

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!