13.03.2013 Views

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

MONOGRAFIA_18_Discapacidad

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

aproximación general al ámbito sanitario desde la perspectiva de<br />

la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad<br />

Merece mención especial el acceso de las personas con discapacidad, y en<br />

especial de las mujeres, a la salud sexual y reproductiva 20 que también recoge<br />

expresamente el artículo 25 de la CDPD.<br />

El derecho a la salud sexual está reconocido internacionalmente como un<br />

derecho humano, y en especial como un derecho de la mujer, tal y como se acordó<br />

en la IV Conferencia sobre las Mujeres celebrada en Beijing en septiembre de<br />

1995 21 .<br />

Sin embargo, las mujeres con discapacidad todavía están lejos de alcanzar<br />

el pleno ejercicio de estos derechos, y se dan situaciones como las que<br />

denuncia Isabel Caballero 22 en las que por ejemplo “los servicios destinados<br />

a la atención ginecológica y obstetricia ignoran la accesibilidad universal y el<br />

diseño para todas” lo que supone un importante obstáculo para ejercer estos<br />

derechos, pues es frecuente encontrarse con camillas no hidráulicas que dificultan<br />

o imposibilitan la exploración de mujeres con discapacidad física; o<br />

como recientemente conocíamos en el CERMI, una situación en la que la falta<br />

de intérpretes y apoyos a la comunicación oral en los servicios de urgencias<br />

de los hospitales, originó un grave riesgo para el bebé de una mujer que no<br />

podía comunicarse con el personal sanitario.<br />

El derecho a la salud sexual y reproductiva supone para la mujer con discapacidad<br />

el derecho a tener control pleno sobre su ejercicio, y a decidir libre<br />

y responsablemente, sin verse sometida a coerción, discriminación o violencia.<br />

La propia Convención internacional (artículo 23, c) exige a los Estados que<br />

tomen las medidas precisas para asegurar que las personas con discapacidad,<br />

incluidos los niños y las niñas, mantengan su fertilidad, en igualdad de condiciones<br />

con los demás.<br />

En este sentido, y teniendo en cuenta lo que a continuación se exponga<br />

respecto de la capacidad y del consentimiento informado, las prácticas de<br />

esterilización sin consentimiento expreso de la persona con discapacidad,<br />

20 Peláez A, VV.AA. Manual. La transversalidad de género en las políticas públicas de discapacidad.<br />

CINCA. Primera Edición. Madrid. Febrero 2012, pp. 259 y ss.<br />

21 Resolución 1. Declaración y Plataforma de Acción de Beijing*. Cuarta Conferencia Mundial<br />

sobre la Mujer, Reunida en Beijing del 4 al 15 de septiembre de 1995, párrafo 96.<br />

22 Caballero I, ob. cit.<br />

69

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!