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MONOGRAFIA_18_Discapacidad

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ioética, discapacidad y diversidad funcional<br />

de Estados Unidos, el National Institute for Health and Clinical Excellence de Inglaterra,<br />

la Society of Obstetricians and Gynaecologists of Canada, etc. Esta realidad<br />

contribuye no sólo a aumentar los costes sanitarios sino que –y es lo que importa en<br />

este trabajo– ha hecho ascender dramáticamente el número de abortos de fetos con<br />

discapacidad en todo el mundo. De hecho, y al hilo de estas nuevas preocupaciones,<br />

es de donde ha surgido una nueva línea de investigación en el campo de la bioética<br />

contemporánea: la bioética de/desde la diversidad funcional, o que nace al otro lado<br />

del espejo (Romañach Cabrero, 2009), que cuestiona este tipo de prácticas y a la que<br />

se ha hecho referencia al principio de este capítulo.<br />

Muchas parejas ven el hecho de tener un hijo con discapacidad como una de<br />

las posibilidades más negativas y horribles que les pudiera suceder: ahí está la interrupción<br />

del embarazo para solucionarlo… Cada vez más, el aborto es considerado<br />

socialmente como la mejor solución (la única opción viable, afirman muchos) ante<br />

problemas con el embarazo. Hay todo un resurgimiento de determinados paradigmas<br />

o modelos de la discapacidad que tratan esta condición humana como algo<br />

negativo y, en consecuencia, algo a “eliminar”, “prevenir”, “rehabilitar” o “curar”<br />

(modelos de prescindencia y médico-rehabilitador o biomédico). Al respecto, son<br />

muy interesantes las aportaciones de David Pfeiffer, de la Universidad de Suffolk<br />

(Boston), sobre el desarrollo de distintas políticas públicas que podrían ser calificadas<br />

de eugenésicas, y de cómo el ámbito académico/científico reafirma estos<br />

planteamientos. Asimismo, también se cuestiona si, verdaderamente, las mujeres<br />

cuando optan por la interrupción voluntaria del embarazo, porque se sabe que el<br />

feto tiene características diferentes (consideradas anómalas), lo están haciendo<br />

siempre de manera libre y responsable. Este cuestionamiento, se debe a la presión<br />

que pueden sufrir para que se decidan por esta opción, irrevocablemente.<br />

Cuando un médico propone la pertinencia de un rastreo o cribado prenatal que<br />

puede dar lugar a la realización de la técnica de amniocentesis o biopsia de vellosidades<br />

coriónicas, que terminará en el diagnóstico prenatal positivo o negativo, y<br />

cuando se ve en la obligación de tener que comunicar que el feto presenta algún tipo<br />

de anomalía, ha de ser consciente de que el suyo debe ser un asesoramiento técnico<br />

o profesional, que habrá de extenderse a la información sobre las medidas posibles<br />

y disponibles para la situación concreta detectada, sin que ello condicione ni la<br />

libre decisión que los consultantes han de tomar finalmente de forma autónoma y<br />

responsable, ni pretenda verter o imponer a través de ese asesoramiento sus propias<br />

creencias religiosas o filosóficas, ni sus convicciones éticas.<br />

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