MONOGRAFIA_18_Discapacidad
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el ejercicio pleno de los derechos de las personas con discapacidad:<br />
una ambición con futuro<br />
Finalmente, querría referirme a un principio absolutamente esencial para que<br />
el ejercicio de los derechos por parte de las personas con discapacidad sea en<br />
igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos. Ese principio es el de<br />
transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, que el artículo 2 de la<br />
LIONDAU define como el “principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan<br />
las administraciones públicas no se limitan únicamente a planes, programas<br />
y acciones específicos, pensados exclusivamente para estas personas, sino<br />
que comprenden las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera<br />
de los ámbitos de actuación pública, en donde se tendrán en cuenta las necesidades<br />
y demandas de las personas con discapacidad”.<br />
Se trata, pues, de que la garantía y salvaguarda de los derechos de las personas<br />
con discapacidad y la promoción de su vida independiente estén presentes<br />
y sean tomadas en consideración en toda acción pública, por remota que sea su<br />
incidencia en la esfera de los derechos. Sólo garantizando la transversalidad de<br />
las políticas en materia de discapacidad, se puede asegurar la eficacia de las decisiones<br />
públicas a favor de los derechos de las personas con discapacidad y la<br />
supresión de las barreras y dificultades que, en los distintos ámbitos o territorios,<br />
puedan dar lugar a cualquier forma de discriminación.<br />
4. Conclusiones<br />
La discapacidad ha recorrido un largo y difícil camino para conseguir de la<br />
sociedad el reconocimiento de sus derechos, que ya se admiten equiparables, por<br />
iguales o por diferentes, a los del resto de los ciudadanos sin discapacidad. El<br />
reconocimiento nominal de ese costoso pero enorme progreso es casi completo;<br />
en cambio, no lo es tanto en lo que se refiere a la práctica diaria, donde aún nos<br />
encontramos ámbitos de diversa categoría en los que el ejercicio de tales derechos<br />
es impedido o ha de superar constantes dificultades.<br />
Llegados a este momento, se puede afirmar que ya no es una quimera creer<br />
en un futuro en el que las personas con discapacidad nazcan, estudien, trabajen,<br />
vivan en definitiva, junto al resto de personas sin discapacidad, participando con<br />
normalidad en la corriente general de nuestra sociedad.<br />
Para ello es imprescindible, y sin duda factible, mejorar las condiciones sociales,<br />
materiales, formativas o laborales en las que viven las personas con discapacidad<br />
y en las que ejercen sus derechos, siguiendo los principios establecidos<br />
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