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MONOGRAFIA_18_Discapacidad

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la discapacidad y la protección judicial de las personas con discapacidad:<br />

el ministerio fiscal y sus atribuciones<br />

les, como uno de los instrumentos para su cumplimiento, se deberán examinar:<br />

- Desde el punto de vista sustantivo, el Código Civil (CC) regula las fun-<br />

ciones del Ministerio Fiscal en la materia que nos ocupa al regular en el<br />

Libro I, Título X, las instituciones de la tutela, la curatela y la guarda de<br />

las personas con discapacidad.<br />

- Desde el marco procesal, vienen estas funciones delimitadas en el Libro<br />

IV que contiene la regulación de los procesos especiales, y en particular,<br />

sus dos primeros capítulos relativos a las disposiciones generales y a los<br />

procesos sobre la capacidad de las personas.<br />

B) El objeto de las diligencias preprocesales.<br />

Sin ánimo exhaustivo, dada la complejidad de la materia, se procederá a la<br />

incoación de las diligencias preprocesales cuando en el ámbito de la protección<br />

de las personas con discapacidad se requiera:<br />

1. La determinación y valoración de los hechos y situaciones que sirven de<br />

base para la presentación de la demanda de incapacidad (art. 757.2 Ley de<br />

Enjuiciamiento Civil -LEC-).<br />

2. La determinación y valoración de los hechos y circunstancias determi-<br />

nantes de la solicitud del internamiento ordinario o del internamiento por<br />

causa sobrevenida (art. 763 LEC).<br />

3. La determinación de los hechos que sirven de base para la solicitud de las<br />

medidas cautelares (art. 762.2 LEC).<br />

4. La determinación, concreción y la adveración de los extremos observados<br />

en las visitas periódicas a las residencias y que pueden servir de base para<br />

la solicitud de cualesquiera medidas de protección personal y/o patrimo-<br />

nial de las personas internadas (art. 4º.2 EOMF).<br />

5. La determinación de los hechos que sirven de base para el control del<br />

guardador de hecho, así como para la solicitud de las medidas de control<br />

y vigilancia sobre el mismo (art. 303 CC).<br />

6. La determinación y valoración de los hechos que sirven de base para la<br />

recapacitación (art. 761.1, 2 LEC).<br />

7. La determinación y valoración de la persona o Institución que en la de-<br />

manda de determinación de la capacidad va a ser propuesta como tutor,<br />

curador o apoyo (arts. 759 y 760 LEC).<br />

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