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política de impuestos a productos de tabaco en América Latina<br />

Existen dos antecedentes que apuntan a objetivos<br />

cuantificables en los aumentos de impuestos:<br />

el Banco Mundial en 1999 4 recomendó que los<br />

impuestos al tabaco globalmente considerados<br />

debían ser entre dos tercios y cuatro quintos<br />

del precio al consumidor. Más recientemente el<br />

Informe sobre administración fiscal de la OMS 2<br />

recomienda alcanzar un impuesto específico a los<br />

productos de tabaco (sin considerar el agregado<br />

de otros impuestos al consumo como el Impuesto<br />

al Valor Agregado, IVA) de un 70% del precio final<br />

al consumidor.<br />

El manual recomienda como buenas prácticas<br />

contemplar el impacto de la inflación en forma<br />

automática (por posible pérdida del valor real del<br />

impuesto y precio en los sistemas con componentes<br />

específicos en la base de tributación) y enfrentar con<br />

mayores aumentos del impuesto el incremento en<br />

los ingresos de los hogares en términos reales<br />

Ningún país de la región ha alcanzado el 70%<br />

de presión fiscal del impuesto al tabaco sobre el<br />

precio final, y la mayoría está muy lejos de dicho<br />

objetivo<br />

El reciente Informe mundial de la OMS 1 informa<br />

que sólo cuatro países de la región (Uruguay,<br />

Venezuela, Chile, Argentina) tienen una presión<br />

global de impuestos sobre el precio al consumidor<br />

superior al 70%,* incluye impuestos al tabaco e IVA<br />

y otros impuestos que tienen incidencia sobre el<br />

mismo. Esto contrasta por ejemplo con la región<br />

Europa de la OMS donde la mayoría de los países<br />

ya están en ese nivel de presión fiscal.<br />

Pero resulta útil evaluar el avance y no sólo la<br />

situación puntual respecto del objetivo. Sólo seis<br />

países de la región latinoamericana han mostrado<br />

políticas fiscales respecto del tabaco con algún<br />

grado de alineamiento a lo dispuesto por el CMCT<br />

OMS y las políticas fiscales más efectivas para el<br />

control de la epidemia. Pero no ha sido total y en<br />

particular ninguno tiene un compromiso objetivo<br />

respecto a presión fiscal o una política de largo<br />

plazo al respecto.<br />

Ecuador: en noviembre 2011 Ecuador fortaleció<br />

su política con base en un aumento del impuesto<br />

específico de 0.08 dólares por cigarro, valor<br />

ajustable por índice de precios al consumo cada<br />

seis meses. La presión fiscal del impuesto sobre<br />

el precio final es de 64% y globalmente sumando<br />

el IVA superior al 75%. La política del control del<br />

tabaco es un elemento importante que impulsó<br />

este aumento.<br />

Brasil:* cambios en la ley en agosto 2011 y su<br />

reglamentación en diciembre pasado incluyen<br />

un aumento en la base específica y ajustes por<br />

inflación así como aumentos en el componente<br />

ad valorem. La nueva política tenderá a unificar el<br />

impuesto pagado por las marcas más baratas de<br />

cigarros y las de mayor precio, enfrentando además<br />

el problema de la mayor asequibilidad<br />

Estos aumentos que regirán desde mayo 2012<br />

hasta 2015, determinarán una subida de la presión<br />

fiscal de alrededor de 60% sobre el precio al<br />

consumidor hasta 69% en 2015.<br />

Esta nueva política responde a un cambio<br />

sustancial a la aplicada anteriormente por la<br />

Receita Federal y los gobiernos brasileños. En<br />

efecto, durante la década pasada permitieron que<br />

impuestos y precios de los cigarros se redujeran en<br />

términos reales con el fin de que las marcas baratas<br />

pudieran enfrentar al contrabando de origen<br />

paraguayo. Esta política fracasó y las autoridades<br />

brasileñas con la nueva normativa de finales de<br />

2011 la dejaron de lado. Un importante cambio,<br />

ya que existió una toma de conciencia en Brasil<br />

de que bajar los impuestos no funciona como<br />

un instrumento para combatir el contrabando y<br />

esto es un gran antecedente para los países de la<br />

región.<br />

Panamá: este país aumentó fuertemente la tasa<br />

del impuesto a los cigarros a finales de 2009 llevándola<br />

al 100% de la base imponible (el precio<br />

fijado por el fabricante o importador para la venta<br />

al detalle). El mínimo del impuesto se fijó en 1.50<br />

balboas (equivalente a 1.5 dólares); con estos<br />

cambios el precio de las marcas más vendidas se<br />

ubicó en alrededor de cuatro dólares, el más alto<br />

en la región.<br />

Estos aumentos impulsados por el Ministerio de<br />

Salud y aceptados por el Ministerio de Finanzas y el<br />

parlamento, ubican a Panamá como uno de los países<br />

* Desde noviembre 2011 Ecuador se agrega a esta lista.<br />

* Discusión con base en “The Brazilian case”, working paper<br />

de Roberto Iglesias, enero 2012.<br />

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