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política de impuestos a productos de tabaco en América Latina<br />
Existen dos antecedentes que apuntan a objetivos<br />
cuantificables en los aumentos de impuestos:<br />
el Banco Mundial en 1999 4 recomendó que los<br />
impuestos al tabaco globalmente considerados<br />
debían ser entre dos tercios y cuatro quintos<br />
del precio al consumidor. Más recientemente el<br />
Informe sobre administración fiscal de la OMS 2<br />
recomienda alcanzar un impuesto específico a los<br />
productos de tabaco (sin considerar el agregado<br />
de otros impuestos al consumo como el Impuesto<br />
al Valor Agregado, IVA) de un 70% del precio final<br />
al consumidor.<br />
El manual recomienda como buenas prácticas<br />
contemplar el impacto de la inflación en forma<br />
automática (por posible pérdida del valor real del<br />
impuesto y precio en los sistemas con componentes<br />
específicos en la base de tributación) y enfrentar con<br />
mayores aumentos del impuesto el incremento en<br />
los ingresos de los hogares en términos reales<br />
Ningún país de la región ha alcanzado el 70%<br />
de presión fiscal del impuesto al tabaco sobre el<br />
precio final, y la mayoría está muy lejos de dicho<br />
objetivo<br />
El reciente Informe mundial de la OMS 1 informa<br />
que sólo cuatro países de la región (Uruguay,<br />
Venezuela, Chile, Argentina) tienen una presión<br />
global de impuestos sobre el precio al consumidor<br />
superior al 70%,* incluye impuestos al tabaco e IVA<br />
y otros impuestos que tienen incidencia sobre el<br />
mismo. Esto contrasta por ejemplo con la región<br />
Europa de la OMS donde la mayoría de los países<br />
ya están en ese nivel de presión fiscal.<br />
Pero resulta útil evaluar el avance y no sólo la<br />
situación puntual respecto del objetivo. Sólo seis<br />
países de la región latinoamericana han mostrado<br />
políticas fiscales respecto del tabaco con algún<br />
grado de alineamiento a lo dispuesto por el CMCT<br />
OMS y las políticas fiscales más efectivas para el<br />
control de la epidemia. Pero no ha sido total y en<br />
particular ninguno tiene un compromiso objetivo<br />
respecto a presión fiscal o una política de largo<br />
plazo al respecto.<br />
Ecuador: en noviembre 2011 Ecuador fortaleció<br />
su política con base en un aumento del impuesto<br />
específico de 0.08 dólares por cigarro, valor<br />
ajustable por índice de precios al consumo cada<br />
seis meses. La presión fiscal del impuesto sobre<br />
el precio final es de 64% y globalmente sumando<br />
el IVA superior al 75%. La política del control del<br />
tabaco es un elemento importante que impulsó<br />
este aumento.<br />
Brasil:* cambios en la ley en agosto 2011 y su<br />
reglamentación en diciembre pasado incluyen<br />
un aumento en la base específica y ajustes por<br />
inflación así como aumentos en el componente<br />
ad valorem. La nueva política tenderá a unificar el<br />
impuesto pagado por las marcas más baratas de<br />
cigarros y las de mayor precio, enfrentando además<br />
el problema de la mayor asequibilidad<br />
Estos aumentos que regirán desde mayo 2012<br />
hasta 2015, determinarán una subida de la presión<br />
fiscal de alrededor de 60% sobre el precio al<br />
consumidor hasta 69% en 2015.<br />
Esta nueva política responde a un cambio<br />
sustancial a la aplicada anteriormente por la<br />
Receita Federal y los gobiernos brasileños. En<br />
efecto, durante la década pasada permitieron que<br />
impuestos y precios de los cigarros se redujeran en<br />
términos reales con el fin de que las marcas baratas<br />
pudieran enfrentar al contrabando de origen<br />
paraguayo. Esta política fracasó y las autoridades<br />
brasileñas con la nueva normativa de finales de<br />
2011 la dejaron de lado. Un importante cambio,<br />
ya que existió una toma de conciencia en Brasil<br />
de que bajar los impuestos no funciona como<br />
un instrumento para combatir el contrabando y<br />
esto es un gran antecedente para los países de la<br />
región.<br />
Panamá: este país aumentó fuertemente la tasa<br />
del impuesto a los cigarros a finales de 2009 llevándola<br />
al 100% de la base imponible (el precio<br />
fijado por el fabricante o importador para la venta<br />
al detalle). El mínimo del impuesto se fijó en 1.50<br />
balboas (equivalente a 1.5 dólares); con estos<br />
cambios el precio de las marcas más vendidas se<br />
ubicó en alrededor de cuatro dólares, el más alto<br />
en la región.<br />
Estos aumentos impulsados por el Ministerio de<br />
Salud y aceptados por el Ministerio de Finanzas y el<br />
parlamento, ubican a Panamá como uno de los países<br />
* Desde noviembre 2011 Ecuador se agrega a esta lista.<br />
* Discusión con base en “The Brazilian case”, working paper<br />
de Roberto Iglesias, enero 2012.<br />
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