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POLÍTICAS PARA EL CONTROL DEL TABacO EN MÉXICO<br />

con mayor integralidad en la política de impuestos<br />

al tabaco en la región. Sin embargo, no han existido<br />

más aumentos recientes ni una política de largo plazo<br />

para enfrentar la mayor asequibilidad.<br />

México: en noviembre de 2010 el Congreso<br />

mexicano aprobó un impuesto que incrementó en<br />

siete pesos el precio al detalle de las cajetillas de<br />

tabaco, cinco pesos por el aumento del impuesto<br />

específico y dos pesos más por la eliminación de<br />

la gradualidad que se había aprobado en el presupuesto<br />

de ingresos aprobado un año antes.<br />

Esta modificación al alza fue más allá de lo planteado<br />

por el poder Ejecutivo y en particular por la<br />

Secretaría de Hacienda e incrementó el impuesto<br />

frente a la gradualidad en tres años aprobada en el<br />

presupuesto de ingresos del año anterior.<br />

Este cambio favorable resultó por la acción de<br />

un conjunto de parlamentarios y recibió el apoyo<br />

de legisladores de todos los partidos. Su objetivo<br />

fue principalmente el control del tabaco aún sin<br />

perder de vista la mayor recaudación fiscal esperada<br />

con estos aumentos.<br />

Uruguay: a finales de febrero de 2010, a pocos<br />

días de terminar el periodo de cinco años del gobierno<br />

del doctor Tabaré Vázquez (impulsor de políticas<br />

antitabaco), se incrementó por decreto el valor<br />

del monto específico del impuesto a los cigarros y<br />

especialmente aumentó, pasando a un sistema de<br />

monto específico, el impuesto al tabaco de armar<br />

(de fuerte incidencia en el consumo total en el país,<br />

un 33%). Esto se basó sin dudas en contactos con la<br />

sociedad civil apoyando el rol de este instrumento<br />

de políticas para el control del tabaco<br />

Sin embargo, desde la asunción del nuevo<br />

gobierno el 1 de marzo de 2010 no ha existido<br />

ningún ajuste de la base imponible específica, lo<br />

que implica una fuerte pérdida de valor real al<br />

erosionarse por la inflación y por el aumento de<br />

la asequibilidad con motivo del fuerte incremento<br />

del ingreso de los hogares en el periodo.<br />

Venezuela: en noviembre de 2007 por Decreto<br />

5916 se reformó la ley de 1981 del impuesto a los<br />

cigarros y se subió la tasa ad valorem 70% sobre<br />

precio de venta al público. Los considerandos de<br />

la ley incluyen específicamente a la política antitabaco<br />

y las recomendaciones de la OMS.<br />

Existieron aumentos de impuestos al tabaco en<br />

los últimos años en algunos países de la región que<br />

no estuvieron vinculados a políticas de control de<br />

tabaco.<br />

Chile: con el objetivo de financiar gastos de reconstrucción<br />

luego del terremoto de 2010 Chile<br />

aumentó el impuesto ad valorem del cigarro de<br />

60,2 a 62,3% del precio final al consumidor y fijó<br />

un gravamen adicional de 50 pesos por cada 20<br />

cigarros.<br />

También Honduras y El Salvador se incluyen en<br />

este grupo de países que aumentaron los impuestos<br />

para mejora de recaudación fiscal.<br />

Otros países de la región tuvieron intentos<br />

fracasados de aumento de impuestos a los productos<br />

de tabaco y se mencionan algunos casos a<br />

continuación.<br />

Guatemala: a comienzos de 2010 y frente a esfuerzos<br />

de divulgación y abogacía de la sociedad<br />

civil para aumentar los impuestos a los productos<br />

de tabaco la industria tabacalera recurrió ante la<br />

Corte de Constitucionalidad, la ley vigente de impuestos<br />

a los cigarros (vigente durante 24 años). La<br />

corte falló a favor de la empresa BAT y suspendió la<br />

aplicación del impuesto para los cigarros importados<br />

(todos los de la BAT). El Ministerio de Finanzas<br />

presentó un proyecto de ley para restitución del<br />

impuesto que modificaba la norma vigente para<br />

contemplar algunas observaciones de la corte pero<br />

no incluía ningún aumento efectivo de tasas o de<br />

la base imponible.<br />

La sociedad civil con apoyo de consultores<br />

regionales elaboró una propuesta alternativa con<br />

aumentos que rondaban 40% del precio final al<br />

consumidor, pero el Congreso aprobó la propuesta<br />

del Ejecutivo en enero de 2012 y no se produjo<br />

ningún aumento.<br />

Paraguay: la autoridad fiscal y el Ministerio de<br />

Finanzas se abocaron en una modificación por<br />

decreto de la base imponible del impuesto a los<br />

cigarros. Por Decreto 5445 de noviembre de 2010<br />

se ajustó la base imponible para un aumento del<br />

impuesto que promovería un estimado de entre<br />

17 y 22% de aumento en los precios minoristas<br />

de los cigarros. La industria multinacional y local<br />

respondió masivamente contra el aumento (en el<br />

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