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Comercio ilícito de tabaco entre México y Estados Unidos<br />

Integridad Pública.* ,5 Según la declaración jurídica,<br />

la empresa Brown y Williamson mantuvo un<br />

despacho en San Antonio, Texas conocido como la<br />

División de Mercados de Especialidades (Specialty<br />

Markets Division) que coordinaba ventas ilegales<br />

a México. 5<br />

La declaración jurídica afirmó que Brown y<br />

Williamson vendían grandes cantidades de cigarros<br />

a “almacenes libres de impuestos” a lo largo<br />

de la frontera entre Texas y los estados mexicanos<br />

colindantes en donde los cigarros se vendían como<br />

mercancías de exportación, de este modo evitando<br />

los impuestos internos estadounidenses y texanos.<br />

5 Los deponentes declararon que el personal<br />

de Brown y Williamson pagaban “incentivos de<br />

ventas,” sobornos, a varios funcionarios mexicanos<br />

para que facilitaran el contrabando de los productos<br />

del tabaco de Brown y Williamson de Estados<br />

Unidos a México. 5<br />

Cinco años después, otra operación más importante<br />

de contrabando del tabaco, incluyendo el<br />

contrabando desde Estados Unidos hacia México,<br />

una desviación del sistema de “depósito aduanero<br />

o libre de impuestos” (in-bond or duty-free) de las<br />

Aduanas de Estados Unidos y cigarros falsificados<br />

e introducidos por contrabando desde China al<br />

mercado de Estados Unidos, fue descubierto por<br />

investigadores del Servicio de Aduanas de Estados<br />

Unidos en El Paso, Texas.<br />

El Centro de Integridad Pública publicó una<br />

serie de relatos del contrabando del tabaco en el<br />

2008 como parte del Tobacco Underground; The<br />

Booming Global Trade in Smuggled Cigarettes (El<br />

tabaco clandestino: el floreciente comercio mundial<br />

de cigarros de contrabando). Uno de estos relatos<br />

* No pude confirmar la autenticidad de la declaración hallada<br />

en la página web del Centro de Integridad Pública, CPI. Estaba<br />

familiarizado con algunos aspectos de esta investigación como<br />

exinvestigador criminal del Servicio de Aduanas de Estados<br />

Unidos y gerente del Programa Nacional. La declaración era<br />

en formato PDF, nombrado “Attachment D Affidavit,” y contenía<br />

la hoja de firma con las firmas de los dos declarantes y<br />

el juez magistrado federal, fechado el 9 de enero del 1995.<br />

No había un número de caso ni de archivo en ninguna página<br />

de la declaración. Es más, conozco a uno de los reporteros<br />

asociados con las investigaciones de contrabando de tabaco<br />

y con los informes redactados por el DPI. No pude confirmar<br />

con el auxiliar de la Corte Federal del Distrito Occidental de<br />

Kentucky que una orden federal de cateo fuera expedida para<br />

la Torre Brown and Williamson con el número de magistrado<br />

federal 395MJ4 el 9 de enero del 1995 por el Juez Magistrado<br />

Federal Gambill. Los archivos del magistrado federal<br />

se destruyen después de cinco años. Al momento, no tengo<br />

motivo para dudar la autenticidad del documento.<br />

fue titulado: The Guy in A Wheelchair: How an<br />

El Paso Smuggler Moved A Half-Billion Cigarettes<br />

Across America (El individuo en silla de ruedas:<br />

como un contrabandista de El Paso trasladó 500<br />

millones de cigarros a Estados Unidos). 6<br />

Los delincuentes en este caso estaban pasando<br />

cigarros y bebidas alcohólicas de contrabando<br />

a México por el puerto de entrada de Ciudad<br />

Juárez. La organización utilizó camiones con<br />

compartimientos falsos, sobornó por lo menos a<br />

un funcionario mexicano, y se aprovechó de las debilidades<br />

del sistema de depósito aduanero o libre<br />

de impuestos de las aduanas estadounidenses.*<br />

La acusación, en este caso resaltó cómo la organización<br />

utilizó los puntos débiles del sistema de<br />

depósito aduanero o libre de impuestos para evitar<br />

el pago de impuestos estadounidenses sobre los cigarros<br />

que fueron sacados de la custodia aduanera<br />

con documentos falsos y finalmente pasados por<br />

contrabando hacia México. 7 Los documentos falsos<br />

incluían documentos mexicanos de importación<br />

y exportación conocidos como “Pedimentos”. 7 En<br />

la sección de definiciones y antecedentes de la<br />

acusación, se presentó la siguiente declaración de<br />

antecedentes:<br />

La República de México tiene estrictos requisitos<br />

para la importación de cigarrillos. Según las aduanas<br />

mexicanas, un importador de cigarrillos a México<br />

está obligado a tramitar una solicitud y que sea<br />

aprobada por el gobierno de México. El importador<br />

tiene que pertenecer al listado de censo de importadores.<br />

Las aduanas mexicanas tienen una lista<br />

autorizada de puertos de entrada para cigarrillos.<br />

La lista incluye los siguientes puertos: Cancún, Ciudad<br />

Hidalgo, Colombia, Manzanillo, Nuevo Laredo,<br />

Subteniente López, Tijuana, Veracruz y el Aeropuerto<br />

Internacional de México.<br />

Ciudad Juárez no es un puerto de entrada autorizado<br />

para cigarrillos. Todos los cigarrillos importados<br />

a México están sujetos a un impuesto de aproximadamente<br />

doscientos cincuenta porciento (250%). 7<br />

* Como gerente del Programa Nacional para el Contrabando<br />

Internacional de Tabaco cuando esta investigación inició.<br />

Recibí informativos acerca de esta investigación con regularidad,<br />

me reuní con los investigadores y los fiscales e<br />

informé al personal de la oficina central de Aduanas sobre<br />

esta investigación hasta mi salida de la oficina central de<br />

Aduanas en octubre del 2002.<br />

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