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Documentación - Cebem

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legislación vigente sobre la minería presenta menores restriccionesal sector privado que en el caso de los hidrocarburos, como ocurriócon los tipos de contratos petroleros.En cuanto hace a los recursos forestales, el EA confiere exclusividadal departamento sobre los suelos forestales y bosques. (6-I-12);el aprovechamiento forestal (6-I-13) y, en el artículo 110 se indica queel sector forestal se ajustará a una ley que regulará el acceso y aprovechamientoa los suelos forestales y bosques del Departamento,así como el sistema de cobro y distribución de patentes forestales.Así también, la concesión de suelos forestales y bosques será autónoma(111) y se creará una entidad autárquica de regulación (112).La NCPE, por su parte, confiere un carácter exclusivo a la políticaforestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques(298-I); y un carácter compartido a la conservación de suelos, recursosforestales y bosques (299).Tratándose de las áreas protegidas, el EA confiere al departamentoexclusividad sobre las Áreas Protegidas (6-I-14 y 90-III). Encambio, la NCPE atribuye a este campo un carácter de exclusividad,pero sólo a las áreas protegidas bajo responsabilidad del nivel centraldel Estado (298-II). La diferencia entre una y otra posición no esde políticas sobre las aras protegidas sino que el EA establece unainstitucionalidad propia.En cuanto a la tenencia de la tierra, el EA establece que la regularizaciónde los derechos, distribución, redistribución y administraciónde las tierras es responsabilidad del gobierno departamental y seregulará por Ley de la Asamblea (102). Por la misma vía se definiránlos tamaños, características y parámetros de cumplimiento de lafunción económico-social de las propiedades. Luego se proclama elreconocimiento de la propiedad campesina “a través de la titulaciónindividual” (103; III) lo que implica el desconocimiento de los títuloscolectivos, y se anuncia que se reagrupará, distribuirá y redistribuirálas tierras para evitar el minifundio improductivo (105). Esto hace temeruna reedición de la política iniciada por Melgarejo en 1867, con elpretexto de salvar la tierra de las “manos muertas” de los indios (Ahora,“minifundio improductivo”), que desató una guerra por la tierra quedesangró el área rural por décadas. El EA declara por tanto la tenenciade la tierra (6-I-9), el ordenamiento territorial (6-I-34) y los límitesterritoriales (6-I-42) de competencia exclusiva del departamento. Porsu parte, la NCPE-P atribuye un carácter privativo al gobierno centralsobre estos temas (298-I-17). Como ya hemos visto, la NCPE-P haintroducido importantes modificaciones que se inclinan a satisfacerlos intereses reflejados en el EA, sin embargo, todavía no se conocea ciencia cierta el grado de satisfacción de estos sectores.En cuanto a los rubros relacionados con desarrollo rural, el EAdeclara de competencia exclusiva del departamento, la caza y pesca(6-I-39); agricultura y ganadería (6-I-10); sanidad animal y vegetal einocuidad alimentaria (6-I-11); inversiones y financiamiento de proyectosde infraestructura de interés departamental (6-I-30) y la cienciae investigación (6-I-8). La NCPE por su parte declara la agricultura,ganadería, caza y pesca la ciencia, tecnología e investigación decarácter compartido (299).El EA plantea en varios artículos su respaldo a los transgénicos(97-II; 98; 97-III) y declara de competencia exclusiva el uso de la diversidadbiológica departamental y la biotecnología (6-I-16). Comovimos la NCPE-P, de haber prohibido los transgénicos, ha cambiadode posición, autorizándolo. Si tomamos en cuenta el significado dela relación de los transgénicos y los biocombustibles, que ya figurabanen la NCPE-AC con el manejo de la diversidad biológica para elmanejo del medio ambiente y los RRNN, este cambio en la NCPE-Pconstituye un desplazamiento serio hacia las posiciones expresadasen el EA y los intereses transnacionales correspondientes.En el área de transporte e infraestructura encontramos otra vezde una manera general que el EA atribuye competencias exclusivasal gobierno departamental. La NCPE-p por su parte sólo se tomacompetencias privativas en el caso del control del espacio y tránsitoaéreo, en todo el territorio nacional; la construcción, mantenimientoL O S R E C U R S O S N A T U R A L E S E N B O L I V I A 251

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