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4.- RECOMENDACIONES DE LA OMS<br />
A NIVEL GLOBAL 18 :<br />
4.1. Inclusión de la salud en el<br />
centro de la agenda de cambio<br />
climático<br />
Pese a la inclusión de la salud en el<br />
marco normativo del cambio climático,<br />
la agenda internacional está marcada<br />
por discusiones que se centran<br />
principalmente en el impacto<br />
económico y medioambiental del<br />
cambio climático. Habría que<br />
considerar que el fin último de la<br />
CMNUCC es la protección de la salud y<br />
el bienestar de la población, y que por<br />
ello, tal y como se incluye en el ártículo<br />
2 de la misma 19 , el objetivo de la<br />
Convención es lograr la estabilización<br />
de las concentraciones de gases de<br />
efecto invernadero en la atmósfera a<br />
un nivel que impida interferencias<br />
antropogénicas peligrosas en el<br />
sistema climático.<br />
Tal y como se explicó anteriormente, es<br />
importante promover la realización de<br />
evaluaciones nacionales de los<br />
impactos de cambio climático en la<br />
salud. La evaluación de impacto a la<br />
salud (EIS) es “una combinación de<br />
procedimientos, métodos e<br />
instrumentos que permiten juzgar los<br />
posibles efectos de una política, un<br />
proyecto o un peligro en la salud de<br />
una población y su distribución en<br />
esta” 20 . Las políticas climáticas han de<br />
considerar los efectos que estas<br />
tendrán en la salud de la población, con<br />
lo que antes de aprobar políticas de<br />
mitigación se ha de promover el<br />
análisis de la disminución de la carga<br />
de morbilidad que dichas políticas<br />
pueden representar en caso de ser<br />
diseñadas e implementadas. Se han de<br />
priorizar aquellas políticas que más<br />
beneficios colaterales conlleven para la<br />
salud. Las evaluaciones de impacto en<br />
la salud (EIS) también han de llevarse a<br />
cabo con anterioridad a la formulación<br />
de políticas de adaptación social al<br />
cambio climático. La realización de una<br />
EIS responde a la exigencia incluida en<br />
el articulo 4.1.f. de la CMNUCC<br />
analizado con anterioridad.<br />
4.2. Fortalecimiento de los sistemas<br />
de salud pública<br />
Un enfoque preventivo en la salud<br />
pública incluye la protección frente al<br />
cambio climático, no como algo<br />
separado o una necesidad en disputa<br />
sino como algo intrínseco a dicho<br />
enfoque. La comunidad sanitaria tiene<br />
una gran experiencia en proteger a la<br />
población de amenazas sensibles al<br />
clima, a través de diferentes acciones<br />
de salud publica, tales como el control<br />
de las enfermedades transmitidas por<br />
vectores, la provisión de agua limpia y<br />
saneamiento y la reducción de la<br />
dependencia en fuentes de energía que<br />
contaminan el medio ambiente y dañan<br />
la salud. Ampliar la cobertura de estas y<br />
otras medidas, salvará vidas ahora, a la<br />
359<br />
EPÍLOGO<br />
18. WHO. Protecting Health from Climate Change: connecting science, policy and people. World Health Organization, 2009, Geneva.<br />
19. Artículo 2 de la CMNUCC: Objetivo. El objetivo último de la presente Convención y de todo instrumento jurídico conexo que adopte la Conferencia de las<br />
Partes, es lograr, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención, la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero<br />
en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. Ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para<br />
permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el<br />
desarrollo económico prosiga de manera sostenible. http://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf<br />
20. WHO Health impact assessment as a lool for intersectoral health policy. WHO European Centre for Environment and Health/ European Centre for Health<br />
Policy, 1999.