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Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias ...

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Informes <strong>de</strong> los afiliados al 31º Congreso Mundial <strong>de</strong> la FITIM - 118<br />

No se han celebrado negociaciones sobre AMI basadas en el mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> la FITIM ni se ha<br />

concertado ninguno. Sin embargo, se utiliza un acuerdo sectorial concertado por el sindicato<br />

con los propietarios <strong>de</strong> empresas. Según el acuerdo sectorial, en <strong>las</strong> empresas don<strong>de</strong> más <strong>de</strong>l<br />

50% <strong>de</strong>l capital autorizado corresponda a extranjeros, la tasa <strong>de</strong>l salario mínimo <strong>de</strong> los<br />

trabajadores con condiciones <strong>de</strong> trabajo normales no pue<strong>de</strong> ser inferior al salario mínimo<br />

establecido por la legislación ucrania para personas que puedan trabajar. En la práctica, eso<br />

significa que el salario mínimo <strong>de</strong> los trabajadores en esas empresas es 1,9 veces más alto que<br />

en <strong>las</strong> empresas <strong>de</strong> propiedad ucrania.<br />

Derechos <strong>de</strong> los trabajadores<br />

Ucrania ha ratificado 57 Convenios <strong>de</strong> la OIT. Junto con otros afiliados a la FITIM, nuestro<br />

sindicato ha participado activamente en la discusión <strong>de</strong>l proyecto <strong>de</strong> nuevo Código <strong>de</strong>l<br />

Trabajo, y ha <strong>de</strong>fendido la necesidad <strong>de</strong> que <strong>las</strong> disposiciones <strong>de</strong>l Código correspondan a los<br />

Convenios <strong>de</strong> la OIT.<br />

Junto con otros sindicatos, durante la elaboración <strong>de</strong>l Acuerdo General para 2003-2004,<br />

nuestro sindicato propuso al Gobierno <strong>de</strong> Ucrania que presentara al Parlamento, para su<br />

ratificación, varios Convenios <strong>de</strong> la OIT. Como resultado, en el Acuerdo General <strong>de</strong><br />

2004-2005 se estipula que en este período el Gobierno propondrá al Parlamento ucranio que<br />

ratifique los Convenios Núms. 89, 131, 155, 161 y 173.<br />

Solidaridad internacional<br />

Nuestro sindicato coopera con otros, incluidos los sindicatos conexos <strong>de</strong> Belarús, Rusia y<br />

Francia.<br />

Como prueba <strong>de</strong> su solidaridad, nuestro sindicato envió un telegrama <strong>de</strong> protesta al<br />

Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> Belarús en relación con la violación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos sindicales <strong>de</strong>l Sindicato <strong>de</strong><br />

<strong>Trabajadores</strong> <strong>de</strong> Fabricación <strong>de</strong> Automóviles y Maquinaria Agrícola, y la <strong>de</strong>tención <strong>de</strong> su<br />

dirigente A. I. Bukhvostov.<br />

También enviamos telegramas similares <strong>de</strong> protesta a los dirigentes <strong>de</strong> Argentina, Chile y<br />

otros países en relación con violaciones <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos sindicales.<br />

Como parte <strong>de</strong> una acción unificada, nuestro sindicato participó en piquetes ante la<br />

Embajada coreana en Ucrania y entregó una protesta <strong>de</strong> los sindicatos al Embajador <strong>de</strong><br />

Corea en relación con la <strong>de</strong>tención <strong>de</strong> dirigentes sindicales coreanos.<br />

Negociación colectiva<br />

La principal tarea <strong>de</strong> nuestro sindicato al negociar y concertar el acuerdo sectorial con los<br />

propietarios <strong>de</strong> empresas es aumentar el empleo productivo <strong>de</strong> los trabajadores y garantizar<br />

mayores sueldos y mejores condiciones <strong>de</strong> seguridad en el trabajo para ellos.<br />

En 2004, el acuerdo salarial prevé un aumento <strong>de</strong> 7% en el nivel <strong>de</strong> empleo en la producción,<br />

prohíbe los <strong>de</strong>spidos <strong>de</strong> más <strong>de</strong>l 4% <strong>de</strong> los trabajadores por año civil y prevé condiciones<br />

más estrictas para que los empleadores puedan hacer uso <strong>de</strong>l empleo a tiempo parcial.<br />

En el Acuerdo Sectorial <strong>de</strong> 2004 también se estipula un aumento <strong>de</strong>l salario mínimo<br />

garantizado <strong>de</strong> 6,4%. Después <strong>de</strong> adoptar el Acuerdo General, ese nivel se incrementó en<br />

otro 14,6%.

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