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El-control-parlamentario

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Moción de censura No operaComisionesde investigaciónComisiones de investigaciónen las cámaras deDiputados y de SenadoresDestitucióndel presidenteRevocaciónde mandatoJuicio político(Investiga la Cámara deDiputados y resuelve laCámara de Senadores)Audiencia Públicade ComisionesAudiencia Públicade Comisiones(Cámara de Diputadosy Cámara de Senadores)Pregunta parlamentariaPregunta parlamentaria(Congreso de la Unión)<strong>El</strong> párrafo tercero del artículo 93 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos MexicanosArtículos 109, 110 y 111 de la Constitución Políticade los Estados Unidos MexicanosArtículo 93 de la Ley Orgánica del Congreso GeneralArtículos 69 y 93 de la Constitución Política de losEstados Unidos MexicanosArtículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso GeneralEste mecanismo regularmente opera en un régimen <strong>parlamentario</strong>,donde, a través de la votación de una mociónde censura, puede exigir la responsabilidad política delgobierno, obligándolo a dimitir; de esta forma se expresala ruptura de la relación de confianza que los vinculaba.Las cámaras tienen la facultad de integrar comisionespara investigar el funcionamiento de los organismos descentralizadosy empresas de participación estatal mayoritaria.Los resultados de las investigaciones se harán delconocimiento del Ejecutivo.Se crean para investigar sobre un asunto determinadorelacionado, regularmente, con temas financieros, administrativoso de servicios públicos.Se puede destituir de su cargo a través del juicio políticoa todo funcionario público que cometa actos u omisionesque redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentaleso por violaciones graves a la Constitución.Las reuniones a las que convocan podrán ser públicas ypodrán asistir representantes de grupos de interés, asesores,peritos, o las personas que las comisiones considerenque puedan aportar conocimientos y experienciassobre el asunto que se trate.Cada una de las cámaras pide, mediante “pregunta porescrito”, información al presidente de la república.Los presidentes de las comisiones ordinarias solicitaninformación sobre un tema específico y el titular de ladependencia o entidad estará obligado a proporcionar lainformación en un plazo razonable; si la misma no fuereremitida, la comisión podrá dirigirse oficialmente en quejaal titular de la dependencia o al ciudadano presidentede la república.

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