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Democracia con Partidos - Centro de Estudios Públicos

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2.1. Antece<strong>de</strong>ntes <strong>con</strong>stitucionales y legislativos <strong>de</strong> la Ley 18.603Nadie pue<strong>de</strong> ser obligado a pertenecer a una asociación.Prohíbense las asociaciones <strong>con</strong>trarias a la moral, al or<strong>de</strong>n público y a laseguridad <strong>de</strong>l Estado.Los partidos políticos no podrán intervenir en activida<strong>de</strong>s ajenas a las queles son propias ni tener privilegio alguno o monopolio <strong>de</strong> la participaciónciudadana; la nómina <strong>de</strong> sus militantes se registrará en el servicio electoral<strong>de</strong>l Estado, el que guardará reserva <strong>de</strong> la misma, la cual será accesible a losmilitantes <strong>de</strong>l respectivo partido; su <strong>con</strong>tabilidad <strong>de</strong>berá ser pública; lasfuentes <strong>de</strong> su financiamiento no podrán provenir <strong>de</strong> dineros, bienes, donaciones,aportes ni créditos <strong>de</strong> origen extranjero; sus estatutos <strong>de</strong>berán <strong>con</strong>templarlas normas que aseguren una efectiva <strong>de</strong>mocracia interna. Una leyorgánica <strong>con</strong>stitucional establecerá un sistema <strong>de</strong> elecciones primarias quepodrá ser utilizado por dichos partidos para la nominación <strong>de</strong> candidatosa cargos <strong>de</strong> elección popular, cuyos resultados serán vinculantes para estascolectivida<strong>de</strong>s, salvo las excepciones que establezca dicha ley. Aquellos queno resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos,en esa elección, al respectivo cargo. Una ley orgánica <strong>con</strong>stitucional regularálas <strong>de</strong>más materias que les <strong>con</strong>ciernan y las sanciones que se aplicaránpor el incumplimiento <strong>de</strong> sus preceptos, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> las cuales podrá <strong>con</strong>si<strong>de</strong>rarsu disolución.Las asociaciones, movimientos, organizaciones o grupos <strong>de</strong> personas quepersigan o realicen activida<strong>de</strong>s propias <strong>de</strong> los partidos políticos sin ajustarsea las normas anteriores son ilícitos y serán sancionados <strong>de</strong> acuerdoa la referida ley orgánica <strong>con</strong>stitucional. La Constitución Política garantizael pluralismo político. Son in<strong>con</strong>stitucionales los partidos, movimientos uotras formas <strong>de</strong> organización cuyos objetivos, actos o <strong>con</strong>ductas no respetenlos principios básicos <strong>de</strong>l régimen <strong>de</strong>mocrático y <strong>con</strong>stitucional, procurenel establecimiento <strong>de</strong> un sistema totalitario, como asimismo aquellosque hagan uso <strong>de</strong> la violencia, la propugnen o inciten a ella como método<strong>de</strong> acción política. Correspon<strong>de</strong>rá al Tribunal Constitucional <strong>de</strong>clarar estain<strong>con</strong>stitucionalidad.Sin perjuicio <strong>de</strong> las <strong>de</strong>más sanciones establecidas en la Constitución o enla ley, las personas que hubieren tenido participación en los hechos quemotiven la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> in<strong>con</strong>stitucionalidad a que se refiere el incisoprece<strong>de</strong>nte, no podrán participar en la formación <strong>de</strong> otros partidos políticos,movimientos u otras formas <strong>de</strong> organización política, ni optar a cargospúblicos <strong>de</strong> elección popular ni <strong>de</strong>sempeñar los cargos que se mencionan417

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