Medicina intensiva. Nutricion del paciente critico
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Generalidades 45
– Nutrición parenteral mixta: el esquema satisface las necesidades nutrimentales
diarias mediante el aporte de nutrientes tanto por vía venosa como por
vía enteral.
Cuando los nutrientes administrados satisfacen o no las necesidades del paciente
se plantea que la NP puede ser:
– Nutrición parenteral completa (total): el esquema satisface más del 90 % de
las necesidades nutrimentales diarias del paciente.
– Nutrición parenteral parcial (incompleta): el esquema satisface menos de 40 %
de las necesidades nutrimentales diarias.
Finalmente, teniendo en cuenta las vías de administración, la NP puede ser
clasificada de dos formas importantes: periférica y central. En ellas desempeña
una importante función la osmolaridad de las soluciones a infundir:
– Nutrición parenteral periférica: los nutrientes se infunden a través de una vena
periférica, tales como las venas superficiales de las extremidades superiores.
Su uso está limitado a cortos períodos, a la situación clínica del paciente, las
necesidades calóricas, tolerancia al volumen, las soluciones que se infunden
deben tener una osmolaridad tolerada alrededor de 800 mOsm/L, necesitan
rotación de la venipuntura diariamente. La fuente energética recae fundamentalmente
en los lípidos. Tiene el inconveniente de ser limitado el aporte
energético por la concentración y el volumen de las soluciones que son
administradas como ya se ha mencionado.
– Nutrición parenteral central: los nutrientes se infunden en la vecindad de la
vena cava superior, a través de una vena profunda central, como pudiera
ser cualquier rama del tronco yugulosubclavio.
El inicio de la NP en los pacientes críticos está condicionado por un grupo
diverso de indicaciones entre las que se encuentran:
A. Nutrición parenteral periférica:
1. Pacientes no estresados metabólicamente que solo satisfacen 60 a 70 % de
sus necesidades nutrimentales diarias mediante esquemas de alimentación/
nutrición enteral.
2. Pacientes en los que se ha suspendido temporalmente la vía enteral (oral
incluida) después de la realización de acto quirúrgico, y en los que se prevé
la reapertura de la vía enteral antes de los 7 días de evolución posquirúrgica.
3. Pacientes en los que se ha decidido la suspensión de la vía enteral durante no
más de 10 días (el caso de la estenosis pilórica incompleta en el curso de
una enfermedad ulcerosa crónica complicada).
4. Pacientes con deficiencia de ácidos grasos esenciales.