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lo exaltados que estaban los espíritus, lo que d la verdad<br />

5t evitó por el buen concepto que estas seis personas<br />

debíamos al Pueblo, y por los sabios medios que<br />

tomamos para conducirle, á fin de que respetase la nueva<br />

autoridad que se debia crear, como en efecto se exe-<br />

cutó y reunió para el exercicio de sus f tinciones; estos<br />

y otros acaecimientos deben resultar del acta capitular<br />

que en el citado dia se celebró, en la cual se expresarán<br />

los seis interesados, de los cuales el que expone<br />

es uno de ellos, por cuya razón le corresponde tener documento<br />

que lo acredite, previo el decreto del primer alcalde,<br />

como autoridad legitima y competente, para que<br />

se verifique.<br />

A V. F . suplico se sirva decretar que el Secretario<br />

de Ayuntamiento ponga d continuación testimonio literal<br />

del acta del dia nueve, y que, fecho, me lo devuelta<br />

original para los usos que convengan. E s gracia<br />

iuepido. M adrid y Marzo 14. de 1820.— Juan Nepo-<br />

fftuseno González. ><br />

Decreto.— ^Madrid 15 de M arzo de 1820. Respecto<br />

ser asunto que corresponde al Excmo. Ayuntamiento,<br />

dése cuenta en el primero que se celebre.— Baranda.»<br />

Pues al segundo tapón... lo mismo. E l primero fué<br />

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