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DAYLIS URIARTE QUESADA<br />
ción <strong>del</strong> resultado sin ningún elemento volitivo fundamenta<br />
ya el <strong>dolo</strong> eventual. Se desarrolló en la posguerra<br />
primero por SCHRÖDER y después se profundizó en ella<br />
en múltiples trabajos, especialmente de SCHMIDHÄU-<br />
SAER. Se apoya sobre todo en la idea de que la mera representación<br />
de la posibilidad ya debería hacer desistir<br />
al sujeto de seguir actuando, y de que la confianza en la<br />
no producción <strong>del</strong> resultado encierra en sí la negación de<br />
su posibilidad. Acaba por negar la existencia de una imprudencia<br />
consciente en el sentido tradicional. 153<br />
En otras palabras, expresa DÍAZ PITA, que la teoría de<br />
la representación parte <strong>del</strong> elemento puramente cognitivo,<br />
siendo suficiente para confirmar el <strong>dolo</strong> la mera representación<br />
por parte <strong>del</strong> sujeto de la “posibilidad” de<br />
que su acción puede producir el resultado lesivo. Pero,<br />
si el sujeto tiene la confianza de que el resultado, a pesar<br />
de su acción, no se producirá, ello es equivalente a la negación<br />
de su resultado, y excluye al <strong>dolo</strong>, pero deja subsistente<br />
la culpa con representación. 154<br />
Señala DÍAZ ARANDA que las teorías de contenido<br />
puramente intelectivo tienen serias dificultades para diferenciar<br />
el <strong>dolo</strong> eventual de la culpa consciente, pues<br />
en ambos casos el sujeto se representa la posibilidad de<br />
provocar el resultado; si no se da esa representación estamos<br />
ante un supuesto de culpa inconsciente. 155<br />
153. ROXIN, DP, PG, 1999, pág. 433.<br />
154. DÍAZ PITA, El <strong>dolo</strong>, 2001, pág. 90.<br />
155. DÍAZ ARANDA, Manual, 2005, pág. 265-266. Para ejemplificar<br />
la imprudencia o culpa inconsciente, podemos señalar el caso<br />
de Isidro Benjamín Rojas, de 47 años, quien atropellara a su nieto,<br />
de un año de edad, cuando retrocedía el vehículo familiar<br />
para sacarlo <strong>del</strong> garaje. En este caso se considera imprudencia<br />
inconsciente por que no hubo ninguna violación al deber obje-<br />
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