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Exclusión del dolo - INEJ

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162<br />

Conclusiones<br />

Del desarrollo <strong>del</strong> trabajo, de sus distintos capítulos y secciones,<br />

podemos extraer diferentes conclusiones, a nivel<br />

general; destacar que sin duda la Parte General <strong>del</strong> Nuevo<br />

Código penal ha experimentado, frente al anterior, un<br />

salto cualitativo mayúsculo, y en relación con el <strong>dolo</strong> y<br />

sus consecuencias, las siguientes:<br />

El <strong>dolo</strong> es un concepto que tiene sus antecedentes en<br />

el Derecho Romano, y más concretamente en el Derecho<br />

Civil. Sin embargo, a través <strong>del</strong> tiempo, las cosas han ido<br />

variando, siendo que en Derecho civil se han conservado<br />

rasgos de esta figura con lo que ahora se conoce como<br />

mala fe, el <strong>dolo</strong> como tal, pasa a ser un concepto meramente<br />

penal. Así, la evolución no sólo ha versado en su<br />

concepto sino en su ubicación dentro de la Teoría <strong>del</strong> Delito,<br />

la tipicidad como elemento de la misma, acoge directamente<br />

al tipo, quien a su vez, se divide en el tipo objetivo<br />

y el tipo subjetivo, pudiendo en este último ubicar<br />

al <strong>dolo</strong> y evitar su anterior denominación como la forma<br />

más importante de culpabilidad.<br />

Definíamos al <strong>dolo</strong> como conocimiento y voluntad de<br />

realizar todos los elementos <strong>del</strong> tipo objetivo, es así que,<br />

partiendo de este concepto podemos extraer los dos elementos<br />

conformadores <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> como son el elemento cognitivo<br />

y el volitivo. Estos elementos no sólo son de utilidad<br />

para definir al <strong>dolo</strong>, sino que permiten, de acuerdo<br />

a la mayor o menor intensidad con que se presenten,<br />

distinguir a las tres principales clases de <strong>dolo</strong> (Dolo directo<br />

de primer grado, <strong>dolo</strong> directo de segundo grado y<br />

<strong>dolo</strong> eventual).

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