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EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />
na” debido a desconocimiento o falsa interpretación de las<br />
normas civiles sobre propiedad) y ser sin embargo ya un<br />
error sobre el tipo y no meramente un error sobre la prohibición;<br />
segundo, porque a partir <strong>del</strong> finalismo un sector<br />
doctrinal mantiene que el error sobre las circunstancias<br />
fácticas de una causa de justificación, pese a ser un<br />
error de hecho, es un error de prohibición, y no un error<br />
sobre el tipo excluyente <strong>del</strong> <strong>dolo</strong>. 217<br />
La clasificación <strong>del</strong> error en error de tipo y error de<br />
prohibición es casi pacíficamente sostenida por toda la<br />
doctrina, con clara base legal en varios códigos modernos<br />
(alemán, austriaco, portugués, español). Para ZAFFARO-<br />
NI el criterio diferencial entre ambas categorías responde<br />
a que (a) el error de tipo recae sobre los elementos <strong>del</strong><br />
tipo objetivo y elimina el <strong>dolo</strong> en cualquier caso, restando<br />
sólo la posibilidad de considerar una eventual tipicidad<br />
culposa si se trata de un error vencible; en tanto que (b)<br />
el error de prohibición recae sobre la naturaleza antinormativa<br />
y antijurídica de la acción, por lo que se lo puede<br />
subclasificar en error de prohibición en sentido estricto<br />
(de antinormatividad) y error de permisión (sobre la justificación).<br />
En cualquier caso, se trata de errores que por<br />
ser invencibles eliminan la culpabilidad <strong>del</strong> injusto, por<br />
lo que, cuando son vencibles, sólo pueden tener el efecto<br />
de atenuar el grado de culpabilidad <strong>del</strong> mismo injusto<br />
<strong>dolo</strong>so, pero en ningún caso afectan al <strong>dolo</strong>, que queda<br />
afirmado siempre en el nivel <strong>del</strong> tipo subjetivo. Por consiguiente,<br />
el error que aquí interesa es el <strong>del</strong> tipo. 218<br />
217. Cfr. LUZóN PEÑA, Curso, s/a, pág. 440.<br />
218. ZAFFARONI, DP, 2001, pág. 508.<br />
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