You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
DAYLIS URIARTE QUESADA<br />
seguro, sino que se abandona al curso de las cosas. Pertenecen<br />
al <strong>dolo</strong> eventual, de un lado, la conciencia de la<br />
existencia <strong>del</strong> peligro concreto de que se realice el tipo,<br />
y de otro, la consideración seria de este peligro por parte<br />
<strong>del</strong> autor. Considerar en serio el peligro quiere decir<br />
que el autor calcula como relativamente alto el riesgo de<br />
la realización <strong>del</strong> tipo. De este modo se obtiene la referencia<br />
a la magnitud y proximidad <strong>del</strong> peligro, necesaria<br />
para la acreditación <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> eventual. 126<br />
Según DIAZ ARANDA, es importante establecer los criterios<br />
propios <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> eventual para poder excluir los supuestos<br />
que corresponden a la culpa consciente o con representación,<br />
en la cual el autor también prevé como posible<br />
el resultado. La trascendencia de lo anterior no sólo<br />
radica en la pena, porque se sanciona más gravemente la<br />
comisión <strong>dolo</strong>sa que la culposa, sino también en la punibilidad<br />
o la impunidad de la conducta. 127<br />
Debe hacerse notar que en el <strong>dolo</strong> eventual y en la culpa<br />
consciente se parte de una misma idea: “en ninguno se<br />
desea el resultado, pero en ambos se reconoce la posibilidad<br />
de producirlo”. Esto dificulta su diferenciación. 128<br />
El <strong>dolo</strong> eventual constituye, por lo tanto, la frontera entre<br />
el <strong>dolo</strong> y la imprudencia o culpa 129 y dado el diverso<br />
126. JESCHECK, Tratado, pág. 268.<br />
127. DÍAZ ARANDA, Manual, 2005, pág. 257.<br />
128. Ídem.<br />
129. El término culpa es utilizado por algunos autores como equivalente<br />
a imprudencia, sin embargo, la utilización de este vocablo<br />
a quedado en desuso y en estos momentos se prefiere utilizar el<br />
término imprudencia, incluso en las legislaciones más modernas.<br />
Tal es el caso de Nicaragua, en el Proyecto de Código penal<br />
(1999), donde se ha reemplazado el término culpa por el de <strong>del</strong>ito<br />
imprudente.<br />
89