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DAYLIS URIARTE QUESADA<br />
es sólo “negligencia o ligereza”, al respecto, ROXIN establece<br />
que es materialmente correcta, porque es la que<br />
mejor responde a la considerable diferencia de punibilidad<br />
entre el <strong>dolo</strong> eventual y la imprudencia consciente.<br />
Así, continua expresando, que quien incluye en sus cálculos<br />
la realización de un tipo reconocida por él como<br />
posible, sin que la misma le disuada de su plan, se ha<br />
decidido conscientemente –aunque sólo sea para el caso<br />
eventual y a menudo en contra de sus propias esperanzas<br />
de evitarlo- en contra <strong>del</strong> bien jurídico protegido por<br />
el correspondiente tipo. Esta “decisión por la posible lesión<br />
de bienes jurídico” es la que diferencia al <strong>dolo</strong> eventual<br />
en su contenido de desvalor de la imprudencia consciente<br />
y la que justifica su más severa punición. 132 Cuando,<br />
por ejemplo, alguien a pesar de la advertencia de su<br />
acompañante, a<strong>del</strong>anta de manera arriesgada y provoca<br />
así un accidente, este accidente no estará causado por<br />
regla general absolutamente general de manera <strong>dolo</strong>sa,<br />
sino sólo por imprudencia consciente, aunque el sujeto<br />
conocía las posibles consecuencias e incluso se le había<br />
advertido de ellas.<br />
Para ROXIN esta <strong>del</strong>imitación demuestra, como además<br />
se reconoce en general, que la denominación “<strong>dolo</strong><br />
eventual o condicionado” 133 es incorrecta. Pues el <strong>dolo</strong>,<br />
como voluntad de acción realizadora <strong>del</strong> plan, precisa-<br />
132. Cfr. ROXIN, DP, PG, 1999, pág. 425.<br />
133. Para entender mejor lo que sigue conviene aclarar que en alemán<br />
al <strong>dolo</strong> eventual se le da el nombre de “bedingter Vorsatz”,<br />
lo que literalmente significaría “<strong>dolo</strong> condicionado”; sin embargo,<br />
en la tradición española el <strong>dolo</strong> condicionado es algo diferente<br />
al eventual, por lo que, además de por la unánime utilización<br />
de la expresión “<strong>dolo</strong> eventual”, se ha evitado en general<br />
esa traducción. Cfr. ROXIN, DP, PG, pág. 426.<br />
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