20.04.2013 Views

Exclusión del dolo - INEJ

Exclusión del dolo - INEJ

Exclusión del dolo - INEJ

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />

ceptos, conocimientos y experiencias que “inconscientemente”<br />

se tienen disponibles en la memoria.<br />

Pero, el gran interrogante es ¿qué debe conocer el autor<br />

para poder sostener que obró con <strong>dolo</strong>?<br />

Inicialmente, el elemento intelectual sólo comprendía<br />

“el conocimiento actual de todas las circunstancias objetivas<br />

<strong>del</strong> hecho <strong>del</strong> tipo legal”. 78 Esta es la llamada “conciencia<br />

actual”, que consiste en la representación, percepción<br />

o pensamiento <strong>del</strong> agente sobre las “circunstancias”<br />

y las “consecuencias” de su actuar. Sin embargo,<br />

Beling aclaró que el <strong>dolo</strong> “no requiere que el autor haya<br />

conocido el <strong>del</strong>ito-tipo mismo o sus elementos”. Siendo<br />

que los <strong>del</strong>itos-tipos y sus elementos son figuras jurídicas<br />

que requieren un conocimiento especializado, no sólo<br />

<strong>del</strong> texto de la ley, sino también de su interpretación, lo<br />

cual es muy difícil no sólo para el ciudadano medio, sino<br />

incluso para muchos abogados. Por lo cual, para integrar<br />

el elemento cognitivo <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> no se requiere el conocimiento<br />

de la ley.<br />

Por ello, el <strong>dolo</strong> no requiere <strong>del</strong> conocimiento <strong>del</strong> texto,<br />

sino solamente se necesita el conocimiento de las “circunstancias<br />

<strong>del</strong> hecho” que contempladas jurídicamente,<br />

reproducen la imagen <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito-tipo legal.<br />

De lo hasta aquí señalado se puede decir que la actuación<br />

<strong>dolo</strong>sa <strong>del</strong> sujeto no significa que el sujeto conozca<br />

el artículo de la ley donde se describe su conducta como<br />

prohibida; para eso necesitaría conocer todas las leyes penales,<br />

y eso es prácticamente imposible para un ciudadano<br />

común y corriente. Lo único que se requiere es que<br />

tenga conocimiento de la situación en la cual está actuan-<br />

78. WELZEL, DPA, s/a, pág. 78<br />

68

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!