Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />
ceptos, conocimientos y experiencias que “inconscientemente”<br />
se tienen disponibles en la memoria.<br />
Pero, el gran interrogante es ¿qué debe conocer el autor<br />
para poder sostener que obró con <strong>dolo</strong>?<br />
Inicialmente, el elemento intelectual sólo comprendía<br />
“el conocimiento actual de todas las circunstancias objetivas<br />
<strong>del</strong> hecho <strong>del</strong> tipo legal”. 78 Esta es la llamada “conciencia<br />
actual”, que consiste en la representación, percepción<br />
o pensamiento <strong>del</strong> agente sobre las “circunstancias”<br />
y las “consecuencias” de su actuar. Sin embargo,<br />
Beling aclaró que el <strong>dolo</strong> “no requiere que el autor haya<br />
conocido el <strong>del</strong>ito-tipo mismo o sus elementos”. Siendo<br />
que los <strong>del</strong>itos-tipos y sus elementos son figuras jurídicas<br />
que requieren un conocimiento especializado, no sólo<br />
<strong>del</strong> texto de la ley, sino también de su interpretación, lo<br />
cual es muy difícil no sólo para el ciudadano medio, sino<br />
incluso para muchos abogados. Por lo cual, para integrar<br />
el elemento cognitivo <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> no se requiere el conocimiento<br />
de la ley.<br />
Por ello, el <strong>dolo</strong> no requiere <strong>del</strong> conocimiento <strong>del</strong> texto,<br />
sino solamente se necesita el conocimiento de las “circunstancias<br />
<strong>del</strong> hecho” que contempladas jurídicamente,<br />
reproducen la imagen <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito-tipo legal.<br />
De lo hasta aquí señalado se puede decir que la actuación<br />
<strong>dolo</strong>sa <strong>del</strong> sujeto no significa que el sujeto conozca<br />
el artículo de la ley donde se describe su conducta como<br />
prohibida; para eso necesitaría conocer todas las leyes penales,<br />
y eso es prácticamente imposible para un ciudadano<br />
común y corriente. Lo único que se requiere es que<br />
tenga conocimiento de la situación en la cual está actuan-<br />
78. WELZEL, DPA, s/a, pág. 78<br />
68