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Exclusión del dolo - INEJ

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EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />

lo menos con su versión restringida de la confianza mínimamente<br />

fundada. 164<br />

Contra la teoría de la probabilidad se afirma que deja<br />

sin valorar una parte esencial <strong>del</strong> <strong>dolo</strong>: el elemento volitivo<br />

y que, por otra parte, no siempre la alta posibilidad<br />

de producción de un resultado obliga a imputarlo a título<br />

de <strong>dolo</strong>. 165<br />

El que el sujeto considere más o menos probable la producción<br />

<strong>del</strong> resultado es de hecho un indicio esencial de<br />

que se toma en serio esta posibilidad y de que cuenta con<br />

ella. Si en el caso <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> quien actúa ha de representarse<br />

“más que una mera posibilidad” o incluso una “probabilidad<br />

predominante”, entonces continuar actuando<br />

en contra de esa representación supone por regla absolutamente<br />

general una decisión por la posible lesión de<br />

bienes jurídicos. Para ROXIN lo discutible es sin embargo<br />

que para la seriedad de contar con el resultado sea decisivo<br />

siempre un pronóstico puramente intelectual de<br />

probabilidad. Ello no es posible ya por el mero hecho de<br />

que pocos sujetos reflexionan sobre grados determinados<br />

de probabilidad. 166<br />

PUPPE ha presentado recientemente una variante de<br />

la teoría de la probabilidad. Para la misma <strong>dolo</strong> es “saber<br />

sobre un peligro cualificado”. Según ello, la conducta<br />

<strong>del</strong> sujeto es “expresión de su decisión por el resultado<br />

cuando el peligro que el sujeto crea (consiente o pretendidamente)<br />

para el bien jurídico es de tal cantidad y<br />

calidad que una persona sensata sólo pasaría por él bajo<br />

la máxima de que el resultado lesivo debe producirse o<br />

164. Cfr. LUZóN PEÑA, Curso, s/a, pág. 423.<br />

165. MUÑOZ CONDE / GARCÍA ARáN, DP, PG, 1998, pág. 303.<br />

166. ROXIN, DP, PG, 1999, pág. 435.<br />

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