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Exclusión del dolo - INEJ

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EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />

personales como “el que” o “quien”. 36 En estos casos,<br />

sujeto activo puede ser cualquiera (<strong>del</strong>itos comunes),<br />

al margen que después pueda o no ser responsable <strong>del</strong><br />

<strong>del</strong>ito en cuestión dependiendo de que tenga o no las<br />

facultades psíquicas mínimas necesarias para la culpabilidad.<br />

37<br />

En otras palabras, podemos decir que es quien realiza<br />

el tipo, 38 sólo pueden serlo las personas físicas, en<br />

general la acción puede ser realizada por cualquiera,<br />

pero en algunas ocasiones el tipo exige una serie de<br />

cualidades personales, de forma que sólo quien las reúna<br />

puede llegar a ser sujeto activo <strong>del</strong> <strong>del</strong>ito, Ej: no se<br />

necesita ninguna cualidad particular para matar, injuriar,<br />

estafar, sin embargo se necesitan requisitos personales<br />

para cometer <strong>del</strong>itos peculiares de los funcionarios<br />

y empleados públicos, como la prevaricación<br />

(art. 371 Pn).<br />

c) Sujeto pasivo: Es el titular <strong>del</strong> bien jurídico lesionado<br />

o puesto en peligro por el <strong>del</strong>ito. Puede serlo una persona<br />

física, una persona jurídica, la sociedad y El Estado,<br />

Ej: en los <strong>del</strong>itos contra la vida humana, en una<br />

persona jurídica los <strong>del</strong>itos patrimoniales, <strong>del</strong>ito contra<br />

la propiedad industrial; en el Estado: La defensa nacional,<br />

<strong>del</strong>itos relacionados contra la economía, etc.<br />

36. Para ejemplo, citamos el art. 128 Pn que preceptúa: Comete <strong>del</strong>ito<br />

de homicidio “el que” priva de la vida a otro y tendrá como pena<br />

de 6 a 14 años de presidio.<br />

37. Cfr. MUÑOZ CONDE / GARCÍA ARáN, DP, PG, 1998, pág. 289-<br />

290.<br />

38. Así expresa LUZóN (Curso, s/a, pág. 296) para quien el sujeto activo<br />

propiamente dicho es el autor de la conducta típica descrita<br />

en el precepto de la parte especial.<br />

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