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DAYLIS URIARTE QUESADA<br />
La distinción y determinación conceptual más exacta<br />
de las tres formas de <strong>dolo</strong> es importante porque el legislador<br />
no siempre castiga cualquier actuación <strong>dolo</strong>sa<br />
sin más, sino que frecuentemente exige una determinada<br />
“intención o propósito” o utiliza expresiones equivalentes,<br />
y en otros casos, mediante el requisito de “actuar<br />
a sabiendas” o “actuar de mala fe”, al menos excluye el<br />
<strong>dolo</strong> eventual. Además, una descripción lo más exacta<br />
posible <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> eventual es necesaria no sólo para <strong>del</strong>imitarlo<br />
de las restantes formas de <strong>dolo</strong>, sino sobre todo<br />
para diferenciarlo de la imprudencia consciente, distinción<br />
que en la mayoría de los casos posee importancia<br />
decisiva para la punibilidad.<br />
Es importante destacar que en el Nuevo Código penal,<br />
el legislador nicaragüense, con base al desarrollo de<br />
un Derecho penal moderno y democrático, viene a hacer<br />
grandes y positivos cambios, prohíbe de forma expresa<br />
la responsabilidad objetiva por el resultado y establece el<br />
principio de responsabilidad subjetiva como base de que,<br />
para el Derecho penal, sólo son relevantes aquellos comportamientos<br />
comisivos u omisivos, que se hayan realizado<br />
con <strong>dolo</strong> o imprudencia, así mismo regula la figura<br />
novedosa <strong>del</strong> error de tipo, como formas de exclusión<br />
<strong>del</strong> <strong>dolo</strong> y sus consecuencias, el error de tipo vencible y<br />
el invencible, y, como consecuencia <strong>del</strong> mismo, una amplia<br />
clasificación <strong>del</strong> error. Esto último, producto, por supuesto,<br />
de la hermenéutica jurídica.<br />
Finalmente, podemos decir que el Nuevo Código penal,<br />
como parte integral <strong>del</strong> proceso de transformación<br />
de la justicia penal nicaragüense, ha sido un gran avance<br />
para el desarrollo <strong>del</strong> Derecho penal en nuestro país,<br />
al integrar y regular de una manera positiva, figuras tan<br />
importantes como el <strong>dolo</strong>, que nacen de la incorporación<br />
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