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Exclusión del dolo - INEJ

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EL DOLO. ANáLISIS DE SU TRATAMIENTO EN EL CóDIGO PENAL NICARAGüENSE<br />

4.3.1.1 Teorías volitivas<br />

Según estas teorías, el <strong>dolo</strong> abarca tanto la “conducta”<br />

como el “resultado”. El problema radica en saber qué se<br />

debe entender por querer el resultado en los supuestos<br />

de <strong>dolo</strong> eventual. 140<br />

Recordemos que el <strong>dolo</strong> eventual se caracteriza porque<br />

el autor no busca realizar una conducta para provocar la<br />

lesión <strong>del</strong> bien que resulta dañado, pues si lo hiciera estaríamos<br />

entonces ante un <strong>dolo</strong> directo. Tampoco es segura<br />

la producción <strong>del</strong> resultado y, aunque no lo quiere,<br />

lo acepta de todas formas, como sucede en los supuestos<br />

<strong>del</strong> <strong>dolo</strong> indirecto.<br />

Veamos, entonces, cómo se formulan dichas teorías de<br />

cara a la voluntad de lesionar el bien jurídico.<br />

4.3.1.1.1 Teoría <strong>del</strong> consentimiento o de la aceptación<br />

La literatura científica más antigua estaba dominada por<br />

la contraposición entre la teoría de la voluntad y la de la<br />

representación, la primera de las cuales ponía el acento de<br />

la <strong>del</strong>imitación en los elementos volitivos <strong>del</strong> <strong>dolo</strong> eventual,<br />

la segunda, en cambio, en los intelectuales.<br />

imprudencia consciente se refiere, pero no son las únicas; existen<br />

otras que han tenido menor acogida, aunque no por ello dejan<br />

de ser dignas de mención, entre ellas se destacan: la teoría de<br />

la no puesta en práctica de la voluntad de evitación, las fórmulas<br />

de FRANK, algunas teorías combinadas, la teoría <strong>del</strong> riesgo<br />

de FRISCH, la no improbable producción <strong>del</strong> resultado y la habituación<br />

al riesgo de JAKOBS, la teoría <strong>del</strong> peligro no cubierto<br />

o asegurado de HERZBERG, la teoría de la asunción de los elementos<br />

constitutivos <strong>del</strong> injusto de SCHROTH, entre otras. Cfr.<br />

ROXIN, DP, PG, 1999, pág. 436-446.<br />

140. DÍAZ ARANDA, Manual, 2005, pág. 261.<br />

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