IBEROAMÉRICA
Miradas2015
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CAPÍTULO 5<br />
Antecedentes<br />
En 2013, el 26 de febrero, el Gobierno mexicano inició una reforma educativa a través de modificaciones<br />
a algunos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (cpeum).<br />
Las reformas afectaron el artículo 3, en el que ya se establecía el derecho de todo individuo a<br />
recibir educación, y el 73, sobre las facultades del Congreso.<br />
La primera novedad de los cambios es que se explicita la responsabilidad del Estado de garantizar<br />
la calidad de la educación obligatoria (artículo 3, tercer párrafo). Durante varios años se<br />
había considerado que la demanda de educación básica estaba esencialmente satisfecha, pero la<br />
sociedad también había ido desarrollando una conciencia, así fuera limitada, de la necesidad de<br />
mejorar la calidad de la educación. La cpeum establece ahora, además, que la base de la calidad<br />
está «en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos» (artículo 3,<br />
fracción II, inciso d).<br />
La segunda aportación de los cambios a la cpeum es la obligatoriedad de los concursos de oposición<br />
para el ingreso al servicio docente y para la promoción a cargos de dirección y supervisión en<br />
la educación impartida por el Estado, hasta la educación media superior (fracción III del artículo<br />
referido). Con esto se pretendió terminar con los procedimientos de otorgamiento de plazas y<br />
promociones con base en criterios ajenos al desempeño profesional.<br />
En tercer lugar, tiene gran relevancia la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa<br />
(snee), destinado a «garantizar la prestación de servicios educativos de calidad» (fracción IX), cuya<br />
coordinación recae en el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (inee), organismo<br />
ya existente al que las reformas constitucionales dieron el estatuto de «organismo público autónomo,<br />
con personalidad jurídica y patrimonio propio» (fracción IX).<br />
En septiembre del mismo año se expidieron dos leyes reglamentarias de esos cambios constitucionales:<br />
la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la<br />
Evaluación de la Educación (linee). Además hubo modificaciones a la Ley General de Educación.<br />
Según la linee, además de la coordinación del snee, le corresponde al inee «evaluar la calidad,<br />
el desempeño y los resultados del sistema educativo nacional en lo que se refiere a la educación<br />
básica y a la educación media superior, tanto pública como privada, en todas sus modalidades<br />
y servicios» (artículo 25). Esta evaluación debe sujetarse a los principios de «independencia,<br />
transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión» (artículo 2). La consideración de<br />
la diversidad de contextos socioeconómicos y culturales como requisito de las evaluaciones del<br />
inee es reiterada en su Estatuto Orgánico, donde se introduce también el principio de equidad<br />
(artículos 59, 65, 66 y 67).<br />
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