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Miradas2015

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CAPÍTULO 5<br />

Antecedentes<br />

En 2013, el 26 de febrero, el Gobierno mexicano inició una reforma educativa a través de modificaciones<br />

a algunos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (cpeum).<br />

Las reformas afectaron el artículo 3, en el que ya se establecía el derecho de todo individuo a<br />

recibir educación, y el 73, sobre las facultades del Congreso.<br />

La primera novedad de los cambios es que se explicita la responsabilidad del Estado de garantizar<br />

la calidad de la educación obligatoria (artículo 3, tercer párrafo). Durante varios años se<br />

había considerado que la demanda de educación básica estaba esencialmente satisfecha, pero la<br />

sociedad también había ido desarrollando una conciencia, así fuera limitada, de la necesidad de<br />

mejorar la calidad de la educación. La cpeum establece ahora, además, que la base de la calidad<br />

está «en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos» (artículo 3,<br />

fracción II, inciso d).<br />

La segunda aportación de los cambios a la cpeum es la obligatoriedad de los concursos de oposición<br />

para el ingreso al servicio docente y para la promoción a cargos de dirección y supervisión en<br />

la educación impartida por el Estado, hasta la educación media superior (fracción III del artículo<br />

referido). Con esto se pretendió terminar con los procedimientos de otorgamiento de plazas y<br />

promociones con base en criterios ajenos al desempeño profesional.<br />

En tercer lugar, tiene gran relevancia la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa<br />

(snee), destinado a «garantizar la prestación de servicios educativos de calidad» (fracción IX), cuya<br />

coordinación recae en el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (inee), organismo<br />

ya existente al que las reformas constitucionales dieron el estatuto de «organismo público autónomo,<br />

con personalidad jurídica y patrimonio propio» (fracción IX).<br />

En septiembre del mismo año se expidieron dos leyes reglamentarias de esos cambios constitucionales:<br />

la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del Instituto Nacional para la<br />

Evaluación de la Educación (linee). Además hubo modificaciones a la Ley General de Educación.<br />

Según la linee, además de la coordinación del snee, le corresponde al inee «evaluar la calidad,<br />

el desempeño y los resultados del sistema educativo nacional en lo que se refiere a la educación<br />

básica y a la educación media superior, tanto pública como privada, en todas sus modalidades<br />

y servicios» (artículo 25). Esta evaluación debe sujetarse a los principios de «independencia,<br />

transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión» (artículo 2). La consideración de<br />

la diversidad de contextos socioeconómicos y culturales como requisito de las evaluaciones del<br />

inee es reiterada en su Estatuto Orgánico, donde se introduce también el principio de equidad<br />

(artículos 59, 65, 66 y 67).<br />

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