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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 111<br />

Montevideo 20,788 casas, do las cuales 19,257 estaban habitadas<br />

y las demás desocupadas ó en construcción. De las casas ocupadas<br />

12,537 estaban arrendadas y producían al año 7:699,500 pesos<br />

y 6,720 eran ocupadas por sus propios dueños. Aplicando á<br />

éstas el promedio de las alquiladas, se obtiene un monto total de<br />

arrendamientos de 11 :S26,535 posos. Suponiendo que la propiedad<br />

edificada represente término medio lo relativo á una renta<br />

bruta <strong>del</strong> 7 /^ al año, estimaba la comisión <strong>del</strong> censo el valor de<br />

las propiedades censadas en 168:950,502 pesos. Agregaremos que<br />

en el propio año 1889 se efectuó la tasación de la propiedad territorial<br />

<strong>del</strong> departamento de Montevideo, mediante comisiones<br />

nombradas por el poder ejecutivo á fin de distribuir equitativamente<br />

el impuesto. Esa operación arrojó un valor de 203:823,364<br />

pesos. Si se tiene en cuenta que el ceufro calcula sólo el rubro de<br />

los edificios ocupados, mientras que la tasación administrativa<br />

abarca además las desocupadas y en construcción y los terrenos<br />

sin edificar, no es aventurado afirmar que ambas operaciones se<br />

confirman y que la riqueza territorial llegaba realmente á la cifra<br />

de las comisiones avaluadoras.<br />

Conocidos ya los datos de los últimos censos parciales, vamos<br />

á determinar sobre ¡a base de las declaraciones para el pago de<br />

los impuestos, el monto probable de la riqueza pública de todo el<br />

país.<br />

LA PROPIEDAD TERRITORIAL<br />

De los datos contenidos en el registro estadístico de 1860, resulta<br />

un monto de 94 1/2 millones de pesos, por concepto de capitales<br />

declarados en toda la república para el pago de la contribución<br />

directa, correspondiendo alrededor de 50 millones á tierras<br />

de pastoreo y de labranza y fincas urbanas y rústicas, y lo demás<br />

á ganados, capitales en giro y otros bienes gravados por igual impuesto.<br />

En 1881, el capital declarado ascendió á 218 millones distribuidos<br />

entre 39,076 propietarios. En 1890, á 266 millones distribuidos<br />

entre 50,189 propietarios, debiendo observarse que esta<br />

última cifra corresponde exclusivamente á la propiedad territorial,<br />

puesto que desde el año 1S88 quedaron eliminados de

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