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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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220 Anales de la Universidad<br />

entonces utilidades muy desiguales sobre un capital en existencias<br />

<strong>del</strong> mismo monto. Más exacto es el criterio <strong>del</strong> capital movilizada<br />

darante el año, de que también se vale nuestra ley de patentes, para<br />

algunos grandes gremios como el de importadores y exportadores,<br />

aunque también pueda observarse que el porcentaje de las utilidades,<br />

depende de varias circunstancias á veces extrañas al monto<br />

movilizado, como por ejemplo la naturaleza <strong>del</strong> artículo despachado<br />

y el tino <strong>del</strong> comerciante para realizar operaciones en el momento<br />

más oportuno de los precios. Generalizándose este criterio se ha propuesto<br />

graduar la patente sobre la base <strong>del</strong> número de las ventas.<br />

Perú, aparte de las inquisiciones vejatorias é inconvenientes en los<br />

libros de contabilidad, que provocaría el sistema, es indudable que<br />

el número de las ventas no denuncia siempre la magnitud de las<br />

ganancias, desde que hay artículos como los de lujo que dan gran<br />

utilidad en pocos negocios, mientras que otros como los de consumo<br />

corriente, sujetos á fuerte competencia, dejan muy poco en<br />

cada venta. La tendencia <strong>del</strong> comercio moderno, de reducir el porcentaje<br />

de las utilidades, como medio de ensanchar la clientela y<br />

de multiplicar los negocios, se encontraría además contrariada 6<br />

castigada por la aplicación extensa ó demasiada lata <strong>del</strong> sistema<br />

que examinamos. Escapan felizmente á las críticas más serias los<br />

pocos casos que nuestra ley ha elegido para graduar la patente sobre<br />

la base <strong>del</strong> capital movilizado. Los importadores, los exportadores,<br />

los saladeristas, los abastecedores, los dueños de mataderos,<br />

tienen un movimiento que puede conocerse sin necesidad de inquisiciones<br />

vejatorias, en los registros de aduana para el comercio<br />

exterior y en datos enteramente públicos para los demás que divulga<br />

día por día la prensa. Tampoco son de temerse las grandes<br />

desigualdades <strong>del</strong> impuesto, dado el hecho de que los precios al<br />

por mayor en materia comercial y el valor de los ganados en tablada<br />

guardan cierta uniformidad para los establecimientos comprendidos<br />

en el mismo gremio. Sobre todo, fuera de los sistemas<br />

llenos de peligros, de la inquisición por e! fisco y de la declaración<br />

<strong>del</strong> contribuyente, inaplicables á nuestra sociabilidad, no habría<br />

otro medio de gravar establecimientos que movilizan capitales<br />

enormes, sin ofrecer en cada momento grandes existencias á la<br />

miradas de los agentes fiscales.

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