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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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34 Anales de la Universidad<br />

simultáneamente los depósitos de los bancos, consiguiendo en pocos<br />

días excelentes lucros.<br />

Para evitar en lo posible tales abusos, concluye el informe <strong>del</strong><br />

señor Villalba proponiendo las siguientes medidas: 1.° que el gobierno<br />

no pueda tener cuenta corriente con ningún banco, sino<br />

mediante autorizadon legislativa y designación expresa de establecimiento<br />

bancario; 2." que sobre el cómputo hecho de común<br />

acuerdo, de las rentas afectadas á la garantía de dicha cuenta, el<br />

banco contratante no podrá quedar en descubierto á fin de año<br />

sino por una suma que no exceda de 200,000 pesos; 3.° que si el<br />

gobierno carece de otros recursos, deberá cubrir el expresado<br />

saldo con billetes de tesorería que se reducirán con los recursos<br />

<strong>del</strong> año siguiente; 4:." que el tesoro público no quedará obligado al<br />

pago de saldo mayor, sea cual fuere el motivo que el banco niegue,<br />

estando además obligado el prestamista á no a<strong>del</strong>antar nin<br />

guna otra suma mientras no haya recibido en pago los billetes de<br />

tesorería adeudados; 5." que los tribunales hagan cumplir ejecutivamente<br />

la ley de bancos toda vez que fuesen solicitados con ese<br />

objeto por uno ó más interesados. Todo lo que puede hacerse,<br />

consiste simplemente en impedir los abusos <strong>del</strong> gobierno. Las demás<br />

garantías que se buscan ilusoriamente en encajes fijos, en<br />

proporciones ideales de la emisión con el metálico, en comisiones<br />

investigadoras, están condenadas por la experiencia bancaria. La<br />

fiscalización oficial, es de efectos fatales, porque ella se sustituye<br />

á la fiscalización <strong>del</strong> pueblo.<br />

PROYECTOS<br />

SÜSTITÜTIVOS<br />

Bajo la impresión de los desastres baucarios <strong>del</strong> año 1868, nombró<br />

el gobierno una comisión compuesta de los señores José Pedro<br />

Ramírez, Tomás Tomkinson, Elbio Fernández, Enrique Cohe,<br />

Carlos Diehl, José G. <strong>del</strong> Busto y Andrés Folie, encargada de<br />

proyectar un plan de reformas á la legislación vigente. No fué posible<br />

armonizar ideas y se produjeron dos informes diametralmente<br />

opuestos.<br />

Los señores Tomkinson, Diehl y Folie sostenían «que mientras<br />

no se hubiese arraigado en el país la convicción de que una circu-<br />

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