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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 289<br />

resulta así algo semejante á la propuesta por Mortara, aunque<br />

más sencilla que ésla, la cual por vía de ilustración<br />

transcribimos en seguida: "Cuando la providencia solicitada<br />

de la jurisdicción requerida, ni por su contenido material ni<br />

por el interés en que se funda la demanda, ni por los efectos<br />

jurídicos inmediatos que de ella puedan resultar, exceda<br />

el limite de la función y de las facultades que á dicha ju<br />

risdicción están asignadas, la demanda estará correctamente<br />

interpuesta ante ella; nada importa ni hay para qué investigar<br />

si otra providencia de distinta forma y de diversos efec<br />

tos puede ser solicitada por el mismo sujeto ante otra jurisdicción."<br />

ARTÍCULO 264<br />

A los efectos <strong>del</strong> artículo anterior es indiferente que la<br />

Administración sea ó no parte en el juicio ó que la extralimitación<br />

de funciones se produzca en lo principal ó incidentalmente,<br />

con tal que en cualquiera de esos casos se<br />

pretenda hacer obligatoria para la primera las sentencias<br />

dictadas ó modificar por medio de dichas sentencias los decretos<br />

de la Administración.<br />

I.—Hemos citado el caso de una sociedad concesionaria de<br />

un tranvía cuya concesión había sido caducada administrativamente,<br />

y cuya sociedad, después de haber verificado ciertos<br />

arreglos con sus acreedores, se presentó ante el Juez de su<br />

concurso pidiendo la aprobación de ellos y á la vez autorización<br />

para que el tranvía volviese á funcionar, siendo este<br />

último petitorio resuelto de conformidad por el referido Juez,<br />

volviendo el tren á circular nuevamente sin otra autorización.<br />

El caso no tuvo mayores ulterioridades porque nuevas dificultades<br />

impidieron muy luego la marcha de la sociedad y<br />

la consiguiente paralización de sus negocios y por consecuencia<br />

<strong>del</strong> funcionamiento <strong>del</strong> tranvía.<br />

Era, sin embargo, un caso típico de invasión judicial de

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