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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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98 Anales de la Universidad<br />

totalidad de las acciones en debida forma registradas para constituir<br />

legalmente la asamblea». Y tenía razón el directorio, pues<br />

el ferrocarril <strong>del</strong> Norte jamás fué traspasado ni pudo salir <strong>del</strong> dominio<br />

de sus accionistas. La compañía nacional de crédito y obras<br />

públicas, ó los especuladores que la manejaban y hacían el negocio,<br />

tenían simplemente cierto número de acciones caucionadas en<br />

el banco Inglés <strong>del</strong> Río de la Plata. Ellas sirvieron para decorar<br />

la compraventa. Es ilustrativo agregar que la prenda fué realizada<br />

por el banco Inglés <strong>del</strong> Río di' la Plata y que más tarde, a\<br />

producirse la clausura de este establecimiento de crédito, fueron<br />

adquiridas las acciones por el estado en compensación de cuentas<br />

con la liquidación, provenientes de giros para el servicio de la<br />

deuda pública durante el año 189L<br />

CÓMO SIC CONSTRUYÓ LA RED DEL OESTE<br />

El ferrocarril á la Colonia, había quedado entretanto en estado<br />

de proyecto. La ley de 7 de octubre de 1891, aprobatoria <strong>del</strong> concordato<br />

con los tenedores de deudas públicas exteriores y acciones<br />

de ferrocariles garantidos, mandó depositar en Londres un<br />

millón doscientas mil libras esterlinas en títulos de la deuda consolidada<br />

<strong>del</strong> <strong>Uruguay</strong> creada á mérito de ese concordato, para<br />

asegurar la construcción de la línea de Montevideo á la Colonia.<br />

Otras cláusulas de la mencionada ley, redujeron el servicio de la<br />

garantía á los demás ferrocarriles concedidos, al 3 1/2 y'^, es de<br />

cir, á la mitad <strong>del</strong> interés antes establecido, sin que pudiera descontarse<br />

el rendimiento neto mientras no excediera <strong>del</strong> 1 y 1/2 al<br />

año y autorizaron la chancelación de garantías atrasadas por valor<br />

de 2:975,<strong>10</strong>0 pesos en títulos de la deuda consolidada. El depósito<br />

fué bien pronto movilizado, repartiéndolo el estado por partes<br />

iguales entre la Compañía L^ruguay Limitada á título de pago de<br />

materiales, estudios y terrenos, y don Juan B. Médici, continuador<br />

de las obras que estaban á cargo de esa compañía. Agotados<br />

los fondos, fué traspasada la concesión a la empresa <strong>del</strong> ferrocarril<br />

Central <strong>del</strong> <strong>Uruguay</strong>, mediante un nuevo compromiso en cuya<br />

virtud esa poderosa empresa se obligaba á construir en un término<br />

dado la red <strong>del</strong> Oeste, sin nuevos sacrificios para el tesoro público

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