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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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126 Anales de la Universidad<br />

de uno de los candidatos, (jucdará á salvo el derecho de éste para<br />

presentarse al ministerio respectivo, solicitando ser sometido á<br />

concurso de suficiencia; cuando dos ó más empleados se hallasen<br />

en idénticas condiciones para optar á la vacante inmediata, será<br />

discernida ésta por concurso de suficiencia, ante un jurado compuesto<br />

<strong>del</strong> oficial mayor <strong>del</strong> ministerio, <strong>del</strong> jefe ó director <strong>del</strong> servicio<br />

respectivo y de una tercera persona elegida de común acuer<br />

do por los dos antedichos funcionarios de una lista de veinte examinadores<br />

que formularán el contador de la nación y los fiscales<br />

de gobierno y hacienda; quedan exceptuadas de la formalidad <strong>del</strong><br />

concurso las plazas de simple vigilancia, control y fiscalización,<br />

para las cuales sólo se requieren conocimientos elementales, siendo<br />

condiciones indispensables para optar á estas plazas y á los<br />

ascensos inherentes haber acreditado evidentes condiciones de<br />

moralidad, dedicación al trabajo y hom^adez, cuyas condiciones deberán<br />

justificarse mediante el testimonio de personas respetables,<br />

de arraigo y responsabilidad, que calificará el jefe de la oficina; las<br />

vacantes á que den lugar las promociones podrán ser llenadas<br />

trasladando empleados de otras oficinas, mientras reúnan las condiciones<br />

necesarias para las funciones á que se les destina; los que<br />

aspiran á ingresar en la administración pdblica, deberán someterse<br />

previamente á un examen de suficiencia, ante el jurado respectivo,<br />

y acreditar la corrección de su conducta con el testimonio de dos<br />

personas de reconocida honorabilidad; el poder ejecutivo podrá<br />

en cualquier caso de provisión de empleos, no previsto en este<br />

decreto, disponer un concurso de suficiencia.<br />

Terminaremos este extracto transcribiendo el ensayo de clasificación<br />

general de empleos y sueldos sobre la base de la escala<br />

preparatoria propuesta por la comisión: de 7,200 á 6,000 pesos,<br />

ministros de estado, ministros diplomáticos y ministros de la alta<br />

corte de justicia; 5,400 pesos, el contador general de la nación,<br />

los fiscales de gobierno, hacienda, civil, menores y <strong>del</strong> crimen; de<br />

4,800 á 3,600 el tesorero de la nación, los directores generales,<br />

jefes de servicio ó inspectores generales, magistrados y funcionarios<br />

superiores oficiales mayores de ministerio, empleados superiores<br />

ó jefes de administración y de oficinas de carácter general;<br />

de 8,240 á 2,760 los funcionarios, magistrados, directores ó iefe^

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