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Año 10, t. 14, entrega 1 (1903) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad 95<br />

<strong>del</strong> oeste, cuyo tronco principal iría de Montevideo á la Colonia,<br />

con ramales á Palmira, Carmelo y Perdido, en una extensión total<br />

de 563 kilómetros, rigiendo el precio uniforme de seis mil libras<br />

esterlinas oro por kilómetro, pagaderob en bonos de ferrocarriles<br />

aforados al 85 "^ de su valor nominaL Quiere decir que el estado<br />

tenía que <strong>entrega</strong>r 6,900 libras nominales de 6 ^ de interés y<br />

1 /^ de amortización, en vez <strong>del</strong> 7 /^ sobre el máximum de cinco<br />

mil libras acordado á las empresas concesionarios. Es enorme,<br />

como se ve, la diferencia con los cálculos que registra el mensaje.<br />

Un día después de firmado el contrato, los concesionarios enajenaron<br />

sus derechos mediante un beneficio de ciento cuarenta mil<br />

libras esterlinas al contado y alrededor de tres mil pesos por cada<br />

uno de los kilómetros de la extensa línea contratada. Envióse copia<br />

<strong>del</strong> contrato á Baring Brothers, que eran los encargados de la<br />

emisión de los bonos de ferrocarriles, y recién entonces pudo darse<br />

cuenta la asamblea de la ingeniosa combinación de que se había<br />

echado mano para elevar el costo de los ferrocarriles construidos<br />

por la nación. Los abogados de la gran casa inglesa, sostuvieron<br />

que si bien es cierto que la ley de 1888 autoriza al gobierno<br />

á contratar sobre la base de un precio máximo de siete mil<br />

libras, debía entenderse mientras no fueran aclaradas sus cláusulas,<br />

que el servicio de los bonos no podría exceder <strong>del</strong> siete por<br />

ciento sobre cinco mil libras, exactamente como si se tratara de<br />

líneas particulares. Tuvo entonces el poder ejecutivo que recurrir<br />

á la asamblea en demanda de la aclaración pedida.<br />

La comisión de fomento de la cámara de diputados, á cuyo estudio<br />

pasó el mensaje <strong>del</strong> ejecutivo y el proyecto aclaratorio, produjo<br />

un dictamen muy ilustrativo que hizo opinión en la asamblea<br />

y dio lugar á una derogación parcial de la ley de 1888. Decía en<br />

su informe que el principal argumento que había invocado el po<br />

der ejecutivo en favor <strong>del</strong> sistema de construcción de ferrocarriles<br />

por cuenta <strong>del</strong> estado al tiempo de sancionarse la ley de 1888, era<br />

que el servicio de los bonos se pagaría con lo mismo y aún con<br />

únenos ele lo que por raxón de gamntla hubieta sido necesario pagar<br />

á nna empresa particular. SegCm el mensaje tenía el poder<br />

ejecutivo en su poder propuestas de construcción por cuatro y<br />

cuatro mil quinientas libras esterlinas cada kilómetro. Entretanto,

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