documento - Federación de Industria - CCOO
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Observatorio <strong>Industria</strong>l <strong>de</strong>l Sector Metal 2010<br />
LA REGULACIÓN SECTORIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN LOS CONVENIOS COLETIVOS DE EMPRESA<br />
6. Las personas que por motivos familiares se acojan a una jornada distinta a la completa<br />
tendrán garantizada su opción a participar en los procesos <strong>de</strong> selección y promoción en los<br />
que muestran interés.<br />
7. Las personas que por motivos familiares se encuentren en situación <strong>de</strong> exce<strong>de</strong>ncia y<br />
muestren interés por participar en algún proceso <strong>de</strong> selección o promoción podrán hacerlo<br />
en igualdad <strong>de</strong> oportunida<strong>de</strong>s previa reincorporación.<br />
Para la ejecución y seguimiento <strong>de</strong> las acciones propuestas se propone la revisión y<br />
corrección, en su caso, <strong>de</strong> organigramas, redacción <strong>de</strong> la norma <strong>de</strong> categorías y herramientas <strong>de</strong><br />
evaluación <strong>de</strong>l <strong>de</strong>sempeño. En la reunión anual con las comisiones <strong>de</strong> igualdad, se presentarán<br />
los nombramientos publicados para su revisión. En caso <strong>de</strong> que se consi<strong>de</strong>rara necesario a la<br />
vista <strong>de</strong>l resultado, se establecerán las acciones correctoras. También tendrá lugar el seguimiento<br />
en la comisión anual <strong>de</strong> la evolución <strong>de</strong> las retribuciones medias por grupos <strong>de</strong> convenio.<br />
IV.1.6. Deberes <strong>de</strong> información en relación con la clasificación profesional<br />
El artículo 8.5 <strong>de</strong>l TRET establece el <strong>de</strong>ber empresarial <strong>de</strong> informar por escrito al trabajador con<br />
relación laboral superior a semanas sobre los elementos esenciales <strong>de</strong>l contrato y las principales<br />
condiciones <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> la prestación <strong>de</strong> servicios. Expresamente, el artículo 2.d. <strong>de</strong>l RD<br />
1659/1998, en materia <strong>de</strong> información al trabajador sobre elementos esenciales <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong><br />
trabajo, menciona que dicha información incluirá (1) la categoría o el grupo profesional <strong>de</strong>l puesto<br />
<strong>de</strong> trabajo que <strong>de</strong>sempeñe el trabajador o (2) la caracterización o la <strong>de</strong>scripción resumida <strong>de</strong>l<br />
mismo, en términos que permitan conocer con suficiente precisión el contenido específico <strong>de</strong>l<br />
trabajo.<br />
A<strong>de</strong>más, y en virtud <strong>de</strong> las genéricas atribuciones en materia <strong>de</strong> información y consulta, los<br />
representantes <strong>de</strong> los trabajadores tienen acceso a la información relativa a la clasificación<br />
profesional.<br />
En cualquier caso, son muy escasos los convenios colectivos que articulan procedimientos<br />
a<strong>de</strong>cuados <strong>de</strong> información en materia <strong>de</strong> clasificación profesional. Uno <strong>de</strong> los pocos que se<br />
refieren a ellos es el convenio <strong>de</strong> Unysys, en varios <strong>de</strong> sus artículos:<br />
- El artículo 54 señala que la dirección <strong>de</strong> la compañía facilitará, a través <strong>de</strong>l <strong>de</strong>partamento<br />
al que pertenezca el empleado, cuando éste lo solicite, una <strong>de</strong>scripción <strong>de</strong>l puesto <strong>de</strong><br />
trabajo asignado en un plazo máximo <strong>de</strong> un mes, a partir <strong>de</strong> la solicitud. La <strong>de</strong>scripción<br />
tendrá carácter <strong>de</strong>tallado <strong>de</strong> las características <strong>de</strong>l puesto y se entregará al trabajador<br />
firmada o sellada por el director <strong>de</strong>l <strong>de</strong>partamento respectivo. En caso <strong>de</strong> acumulación <strong>de</strong><br />
peticiones, el plazo podrá ampliarse a dos meses. La <strong>de</strong>scripción facilitada no será<br />
obstáculo para que en el futuro el empleado sea asignado a puesto diferente o la<br />
Dirección, <strong>de</strong> acuerdo con sus faculta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> organización <strong>de</strong>l trabajo y distribución <strong>de</strong><br />
tareas, modifique los componentes o características <strong>de</strong>l puesto.<br />
- Igualmente, precisa el artículo 56 que existirá a disposición <strong>de</strong> los trabajadores un manual<br />
<strong>de</strong> categorías profesionales en el que conste, or<strong>de</strong>nados por familias profesionales, las<br />
categorías internas existentes en la empresa, excluyendo los puestos <strong>de</strong> director general,<br />
los que reportan a éste y los que reportan inmediatamente a los directores <strong>de</strong><br />
<strong>de</strong>partamento.<br />
- A<strong>de</strong>más, el artículo 57 establece que los representantes <strong>de</strong> los trabajadores recibirán, en<br />
el término <strong>de</strong> los tres primeros meses <strong>de</strong> cada año fiscal, una copia, <strong>de</strong>bidamente fechada<br />
y sellada en todas sus hojas, <strong>de</strong>l manual <strong>de</strong> categorías profesionales vigente.<br />
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