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Evasión y equidad final_corregido - Cepal

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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />

• el aumento de la alícuota del 33% al 35% de la retención a beneficiarios del exterior;<br />

• la regulación en materia de renta mundial, para posibilitar la aplicación del criterio<br />

adoptado en 1992;<br />

• la incorporación de tratamientos diferenciados a la renta proveniente de paraísos fiscales<br />

sobre la base de la utilidad devengada.<br />

A la vez, se realizaron otras modificaciones atinentes a la reducción de la deducibilidad de<br />

quebrantos provenientes de contratos derivados, relacionándolas a ganancias emanadas del mismo<br />

origen en el mismo año o en los 5 años siguientes, a la vez que se limitó el monto deducible de<br />

intereses. Asimismo, se aumentó la tasa aplicable sobre las salidas no documentadas, del 33% al 35%,<br />

al igual que la tasa sobre las personas jurídicas.<br />

El conjunto de medidas indicadas constituyeron una forma de blindaje de la base imponible<br />

del gravamen societario, hecho que no ocurrió simultáneamente para el caso de la renta de las<br />

personas físicas, sumándose a ello dos elementos adicionales que contribuyeron a incrementar su<br />

recaudación. Por un lado la falta de puesta en vigencia de las normas de ajuste de los balances por<br />

inflación, normas que si bien están contenidas en las disposiciones de la propia ley, han quedado<br />

congeladas desde la aplicación del régimen de convertibilidad en el año 1991. Siendo así, el impacto<br />

del aumento de precios ocurrido con posterioridad a la crisis y devaluación del año 2002 no encontró<br />

posibilidades de ser considerado para la determinación de las rentas de los balances societarios. El<br />

segundo elemento lo constituye el proceso de privatización de empresas públicas que de generar<br />

quebrantos contables pasaron rápidamente a la obtención de sustanciales beneficios que quedaron<br />

sujetos al pago del gravamen, en particular en el sector petrolero.<br />

Mediante el conjunto de circunstancias antes señaladas de la imposición a la renta, tanto<br />

personal como societaria, el país se ha ido inclinando hacia un universo con pocos contribuyentes con<br />

la mayor parte del tributo determinado, hecho que está señalando la baja efectividad del gravamen<br />

para poder llevar a cabo políticas instrumentales destinadas a mejorar el ingreso o, en su caso, actuar<br />

como mecanismo compensador de las variaciones cíclicas de la economía. En la sección 3 se detallan<br />

los principales resultados del análisis de las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes<br />

correspondientes al ejercicio fiscal 2005.<br />

C.2 Relevancia de los gastos tributarios<br />

Otra de las características del sistema tributario argentino ha sido su falta de transparencia en el<br />

otorgamiento de las medidas promocionales en materia tributaria. No sólo el monto de los beneficios<br />

otorgados puede ser considerado como significativo en términos de la carga tributaria del país, sino que<br />

los mecanismos utilizados consistentes en la aprobación de proyectos particulares, el sistema de<br />

diferimientos impositivos utilizados y la inclusión del IVA dentro del conjunto de las herramientas<br />

tributarias utilizadas, han tornado al sistema en altamente proclive a la evasión y corrupción. Por otra<br />

parte estos sistemas no solo han tenido un papel negativo en el impacto distributivo al haber favorecido a<br />

factores económicos de rentas altas, sino que además la merma en la recaudación que han causado ha<br />

debido ser compensada por impuestos regresivos que afectaron a los sectores de menores ingresos.<br />

Por otra parte, si bien resulta compleja la determinación del impacto recaudatorio de los<br />

diversos sistemas utilizados, es aún mucho más complejo conocer los efectos derivados de dichos<br />

regímenes ya que los mismos nunca han sido materia de una evaluación profunda.<br />

En relación a este tema se desprende que la estimación del nivel de gastos tributarios para los<br />

años 2007 y 2008 es del 2,2% del PIB, cifra que disminuyó a partir del 2003 cuando alcanzaba un<br />

2,5%, y que está explicada principalmente por los gastos tributarios registrados en el impuesto al valor<br />

agregado (50% del total) y en el impuesto a las ganancias (25% del total). El siguiente cuadro presenta<br />

la evolución de estos gastos por tipo de impuesto para el período 2003-2008.<br />

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