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Evasión y equidad final_corregido - Cepal

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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />

de capital, intereses, regalías), incide en la posibilidad de arbitraje, situación que debilita la<br />

recaudación y dificulta la administración del tributo”.<br />

En el mismo plano de tratamientos diferenciados a las distintas rentas se encuentra El<br />

Salvador, aunque compartiendo esta situación junto a otros varios países. En ese respecto Cabrera y<br />

Guzmán (2009) señalan que “a pesar de que figuran como parte de la renta obtenida, los ingresos<br />

provenientes del capital tienen un trato más favorable que aquellas generadas por el trabajo”.<br />

Asimismo los autores señalan que “la diferenciación de las rentas del capital respecto a las rentas del<br />

trabajo, introduce un factor de desigualdad en el pago de las rentas de las personas naturales<br />

asalariadas respecto a aquellas que lo obtienen por otros medios. Como es natural en cualquier<br />

sociedad, la capacidad de ahorro y el acceso a activos, tanto financieros como inmobiliarios, está más<br />

concentrada en estratos de mayor ingreso, lo que estaría introduciendo mayores factores de<br />

desigualdad en la tributación” 26 .<br />

En el cuadro I.6 se señala el tratamiento a las rentas financieras así como a las ganancias de<br />

capital que siguen los países analizados, de donde surge que en su gran mayoría existe un criterio<br />

claramente beneficioso para las mismas, con los efectos antes mencionados.<br />

CUADRO I.6<br />

COMPARACIÓN DE LOS NIVELES DE TASAS APLICADAS, 2007<br />

(En porcentajes)<br />

País<br />

Renta de<br />

Sociedades<br />

Ganancias de<br />

Capital<br />

43<br />

Sucursales<br />

exterior<br />

Dividendos<br />

de acciones<br />

Argentina 35 35 35 0<br />

Chile 17 17 35 35<br />

Ecuador 25 0 25 0<br />

El Salvador 25 25 25 0<br />

Guatemala 5 ó 31 10 31 0<br />

México 28 28 28 0<br />

Perú 30 30 n/a 4,1<br />

Fuente: Elaboración propia en base a datos de Cetrángolo y Gómez Sabaini (2009), Jorratt (2009), Roca (2009),<br />

Cabrera y Guzmán (2009), Cabrera (2009), Álvarez Estrada (2009), Arias Minaya (2009) y CEPAL.<br />

En lo que respecta a los niveles y estructuras de las tasas aplicadas, se pueden formular<br />

también algunas conclusiones de tipo general.<br />

Respecto al ámbito de la imposición societaria se observa que de los siete casos estudiados en<br />

cinco de ellos la tasa del tributo varía entre un mínimo del 25% (Ecuador y El Salvador) y un máximo<br />

del 35% (Argentina), con dos casos especiales. Uno el de Chile donde las sociedades (renta de la primera<br />

categoría) tributan al 17% y el siguiente es Guatemala donde las mismas quedan alcanzadas a un<br />

impuesto del 5% sobre sus Ingresos Brutos u, optativamente, a la tasa del 31% sobre sus rentas netas.<br />

En segundo lugar, las diferencias entre las tasas de imposición entre países parecen haberse<br />

reducido y al mismo tiempo se observan menores fluctuaciones en cada uno de ellos en el<br />

último quinquenio.<br />

En el gráfico I.18 se presentan la evolución del promedio de las tasas legales de imposición a<br />

la renta tanto de personas físicas como jurídicas para el grupo de países analizados en el presente<br />

trabajo 27 . Se puede observar en dicho gráfico que, para el período 1992-2007, la tendencia del<br />

promedio de las tasas máximas ha sido decreciente en el tiempo, convergiendo en valores cercanos a<br />

26 Cabrera y Guzmán (2009) “La Tributación Directa en América Latina, Equidad y Desafíos: El caso de El Salvador”.<br />

27 Se consideran las tasas máximas y mínimas para personas físicas y la tasa máxima legal para el caso de personas<br />

jurídicas.

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