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Evasión y equidad final_corregido - Cepal

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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />

Fuente: SUNAT<br />

CUADRO IX.17<br />

DEDUCCIONES POR TIPO DE RENTAS 2006 a<br />

Categoría de renta Tipo de renta Deducciones<br />

Primera<br />

Arrendamiento de<br />

bienes<br />

20% de la renta bruta<br />

Segunda<br />

Renta de otros<br />

capitales<br />

10% de la renta bruta<br />

20% de la renta de 4ª.<br />

Cuarta y quinta Trabajo<br />

Se suma la renta neta de 4ª a la renta bruta de 5ª<br />

A la suma se le deduce 7 UITs<br />

a En el año 2006 la UIT equivalía a S/.3.400<br />

Nótese que para las personas que tienen ingresos de cuarta y quinta categoría, a las rentas de<br />

cuarta categoría se le deduce el 20% de la renta bruta y este resultado se suma a la renta de quinta<br />

categoría. A esta renta conjunta se le deduce las 7 UIT para obtener la renta neta imponible<br />

correspondiente a las rentas del trabajo.<br />

Los montos de la renta bruta, las deducciones y la renta neta imponible se presentan en el<br />

siguiente cuadro:<br />

CUADRO IX.18<br />

RENTA NETA IMPONIBLE DE LAS PERSONAS NATURALES, 2006<br />

(En millones de soles)<br />

Categoría Tipo de renta<br />

Renta bruta a Deducción<br />

Efectiva<br />

Renta Imponible<br />

Neta<br />

(a) (b) (c) = (a) - (b)<br />

1º Arrendamiento de bienes 3 951,3 805,9 3 145,4<br />

2º Rentas de otros capitales 354,7 37,0 317,6<br />

4º y 5º<br />

Trabajo dependiente e<br />

independiente<br />

145 778,5 116 159,7 29 618,7<br />

Total 150 084,4 117 002,7 33 081,7<br />

Fuente: estimación y elaboración propia basada en datos del Módulo de empleo e ingresos de la ENAHO 2006.<br />

a Incluye ajustes por subreporte de ingresos e imputaciones para ingresos no reportados.<br />

Es importante resaltar dos aspectos: (i) la magnitud de las deducciones efectivas en el caso de<br />

las rentas del trabajo, las cuales son equivalentes al 80% de la renta bruta, lo cual reduce<br />

significativamente la base sobre la cual se calcula el impuesto; y (ii) las renta imponible de otros<br />

capitales representa menos del 1% de la renta imponible total.<br />

b) Cálculo de la recaudación potencial<br />

Las tasas impositivas del impuesto a la renta de personas naturales son tres y se aplican en<br />

función al monto de la renta neta imponible de cada contribuyente de acuerdo al siguiente cuadro.<br />

Luego se procede a calcular la recaudación de cada individuo. Como se señaló, la tasa se<br />

aplica de manera acumulada según el intervalo correspondiente a la renta neta imponible. Solo el<br />

exceso de ingreso está gravado por las tasas del intervalo 2 y 3.<br />

Aplicando este método el monto de la recaudación potencial del IRPN para el año 2006<br />

resultó ser igual a 5.382 millones de soles.<br />

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