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Evasión y equidad final_corregido - Cepal

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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />

progresividad (que paguen proporcionalmente más quienes más ingresos obtienen o tengan una mayor<br />

capacidad económica). Y, una vez asumido el criterio de progresividad, la tarea del legislador<br />

consistirá en determinar el nivel adecuado de progresividad del sistema impositivo, en relación con los<br />

citados objetivos y políticas.<br />

En todo caso, parece importante insistir en el criterio de generalidad en el reparto de las<br />

cargas impositivas, por las implicaciones que tiene desde la perspectiva del concepto de ciudadanía.<br />

Todos los individuos participan en la financiación de los servicios públicos a través del pago de<br />

diferentes figuras tributarias, unas más explícitas (impuesto sobre la renta, impuesto sobre bienes<br />

inmuebles o predial) y otras más opacas (la imposición indirecta, en general) y es importante que los<br />

ciudadanos lo sepan. Sólo de ese modo pueden demandar servicios de calidad y una actitud firme de<br />

los gobiernos para garantizar la estabilidad social y económica. Cuando los individuos pagan<br />

importantes cargas públicas y son conscientes de que lo hacen, pueden demandar servicios públicos<br />

adecuados y, de ese modo, sentirse miembros activos de la sociedad en la que viven.<br />

En particular, en el campo de la imposición personal sobre la renta, la elevación de los<br />

mínimos exentos puede plantear el problema de la ficticia exoneración del tributo a una parte de la<br />

población, lo que puede dar lugar a un cierto dualismo social (unos pagan y otros no). En realidad,<br />

todos pagan impuestos personales y por eso el esfuerzo de la administración tributaria para que todos<br />

lo sepan, es una manera moderna de hacer efectivo el principio de generalidad y de conseguir<br />

sociedades cohesionadas e “incluyentes”.<br />

El otro gran principio de la imposición, el principio de suficiencia, es el que constituye la<br />

primera justificación de cualquier reforma tributaria. Las consideraciones de <strong>equidad</strong> carecen de<br />

sentido si no se asegura la suficiencia del sistema. Hacen falta recursos para financiar los bienes y<br />

servicios que deben ser provistos por el sector público y el sistema fiscal debe allegarlos<br />

adecuadamente. El problema que siempre se plantea en relación con el principio de suficiencia, es su<br />

carácter relativo. La suficiencia es un término subordinado a un objetivo o a unos fines que hay que<br />

cumplir. Hacen falta recursos para financiar los servicios públicos, de modo que este principio<br />

desplaza la atención desde los ingresos a los gastos. ¿Qué gastos deben financiarse? ¿Están todos<br />

justificados? ¿Es eficiente la gestión de los servicios públicos? ¿Funcionan los mecanismos de control<br />

y evaluación para garantizar la eficacia y la eficiencia del gasto público?<br />

Tal vez la principal matización que habría que hacer respecto al principio de suficiencia es<br />

que se trata de que el sistema fiscal financie servicios de calidad. En las sociedades con mayores<br />

ingresos, los elevados niveles de presión fiscal, hacen que los ciudadanos sean crecientemente<br />

conscientes de los impuestos que pagan, aunque esto también ocurre, de manera creciente, en<br />

sociedades con niveles de presión fiscal más baja. En consecuencia, su preocupación por los servicios<br />

públicos y la calidad de los mismos se ha convertido en una característica fundamental de las<br />

sociedades modernas.<br />

No obstante, en sociedades donde la presión fiscal es más baja, como en la mayoría de los<br />

países de la región, el principio de suficiencia tiene connotaciones diferentes. En este caso, la<br />

limitación de los recursos públicos disponibles dificulta atender las demandas ciudadanas de servicios<br />

públicos y la necesidad de conseguir recursos se convierte en un prerrequisito de la <strong>equidad</strong>: ni desde<br />

el lado de los ingresos, ni desde el del gasto público, el Estado suele tener capacidad para conseguir<br />

objetivos redistributivos significativos. En este sentido, la suficiencia debe interpretarse más como un<br />

criterio de búsqueda de fuentes para conseguir estándares de servicios públicos de calidad mínimo.<br />

En todo caso, las consideraciones anteriores y el repaso efectuado sobre los diversos criterios de<br />

<strong>equidad</strong> advierten de la preocupación por la justicia en las actuaciones públicas y de la búsqueda de<br />

estándares de igualdad, asumidos socialmente, a través de políticas públicas que dispongan de recursos<br />

suficientes y que permitan ajustar la distribución de la renta que se produce en el mercado con carácter<br />

previo a la actuación del Estado, en función de las preferencias sociales de los ciudadanos.<br />

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