Evasión y equidad final_corregido - Cepal
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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />
progresividad (que paguen proporcionalmente más quienes más ingresos obtienen o tengan una mayor<br />
capacidad económica). Y, una vez asumido el criterio de progresividad, la tarea del legislador<br />
consistirá en determinar el nivel adecuado de progresividad del sistema impositivo, en relación con los<br />
citados objetivos y políticas.<br />
En todo caso, parece importante insistir en el criterio de generalidad en el reparto de las<br />
cargas impositivas, por las implicaciones que tiene desde la perspectiva del concepto de ciudadanía.<br />
Todos los individuos participan en la financiación de los servicios públicos a través del pago de<br />
diferentes figuras tributarias, unas más explícitas (impuesto sobre la renta, impuesto sobre bienes<br />
inmuebles o predial) y otras más opacas (la imposición indirecta, en general) y es importante que los<br />
ciudadanos lo sepan. Sólo de ese modo pueden demandar servicios de calidad y una actitud firme de<br />
los gobiernos para garantizar la estabilidad social y económica. Cuando los individuos pagan<br />
importantes cargas públicas y son conscientes de que lo hacen, pueden demandar servicios públicos<br />
adecuados y, de ese modo, sentirse miembros activos de la sociedad en la que viven.<br />
En particular, en el campo de la imposición personal sobre la renta, la elevación de los<br />
mínimos exentos puede plantear el problema de la ficticia exoneración del tributo a una parte de la<br />
población, lo que puede dar lugar a un cierto dualismo social (unos pagan y otros no). En realidad,<br />
todos pagan impuestos personales y por eso el esfuerzo de la administración tributaria para que todos<br />
lo sepan, es una manera moderna de hacer efectivo el principio de generalidad y de conseguir<br />
sociedades cohesionadas e “incluyentes”.<br />
El otro gran principio de la imposición, el principio de suficiencia, es el que constituye la<br />
primera justificación de cualquier reforma tributaria. Las consideraciones de <strong>equidad</strong> carecen de<br />
sentido si no se asegura la suficiencia del sistema. Hacen falta recursos para financiar los bienes y<br />
servicios que deben ser provistos por el sector público y el sistema fiscal debe allegarlos<br />
adecuadamente. El problema que siempre se plantea en relación con el principio de suficiencia, es su<br />
carácter relativo. La suficiencia es un término subordinado a un objetivo o a unos fines que hay que<br />
cumplir. Hacen falta recursos para financiar los servicios públicos, de modo que este principio<br />
desplaza la atención desde los ingresos a los gastos. ¿Qué gastos deben financiarse? ¿Están todos<br />
justificados? ¿Es eficiente la gestión de los servicios públicos? ¿Funcionan los mecanismos de control<br />
y evaluación para garantizar la eficacia y la eficiencia del gasto público?<br />
Tal vez la principal matización que habría que hacer respecto al principio de suficiencia es<br />
que se trata de que el sistema fiscal financie servicios de calidad. En las sociedades con mayores<br />
ingresos, los elevados niveles de presión fiscal, hacen que los ciudadanos sean crecientemente<br />
conscientes de los impuestos que pagan, aunque esto también ocurre, de manera creciente, en<br />
sociedades con niveles de presión fiscal más baja. En consecuencia, su preocupación por los servicios<br />
públicos y la calidad de los mismos se ha convertido en una característica fundamental de las<br />
sociedades modernas.<br />
No obstante, en sociedades donde la presión fiscal es más baja, como en la mayoría de los<br />
países de la región, el principio de suficiencia tiene connotaciones diferentes. En este caso, la<br />
limitación de los recursos públicos disponibles dificulta atender las demandas ciudadanas de servicios<br />
públicos y la necesidad de conseguir recursos se convierte en un prerrequisito de la <strong>equidad</strong>: ni desde<br />
el lado de los ingresos, ni desde el del gasto público, el Estado suele tener capacidad para conseguir<br />
objetivos redistributivos significativos. En este sentido, la suficiencia debe interpretarse más como un<br />
criterio de búsqueda de fuentes para conseguir estándares de servicios públicos de calidad mínimo.<br />
En todo caso, las consideraciones anteriores y el repaso efectuado sobre los diversos criterios de<br />
<strong>equidad</strong> advierten de la preocupación por la justicia en las actuaciones públicas y de la búsqueda de<br />
estándares de igualdad, asumidos socialmente, a través de políticas públicas que dispongan de recursos<br />
suficientes y que permitan ajustar la distribución de la renta que se produce en el mercado con carácter<br />
previo a la actuación del Estado, en función de las preferencias sociales de los ciudadanos.<br />
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