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Evasión y equidad final_corregido - Cepal

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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />

D.2. Estimación de la evasión en el impuesto a las rentas personales<br />

Tal como se explicó anteriormente, la metodología de medición de la evasión del impuesto a las rentas<br />

personales consiste en estimar la recaudación potencial del impuesto a través de los ingresos<br />

reportados en encuestas de hogares, los cuales deben ser anualizados y ajustados por no respuesta y<br />

subdeclaración de ingresos. Además se consideran todas las fuentes de ingresos afectas a impuesto, las<br />

deducciones permitidas y la escala de tasas de acuerdo a la legislación impositiva vigente.<br />

a. Método de estimación<br />

La estimación de la evasión a partir de encuestas de hogares admite dos modalidades de<br />

trabajo con los datos: la microsimulación, a partir de los datos individuales de la encuesta, y la<br />

simulación a partir de datos agregados por nivel de renta. Las investigaciones para Chile, Ecuador, El<br />

Salvador, Guatemala, México y Perú optaron por la microsimulación. Por su parte, Argentina trabajó<br />

con datos agregados.<br />

b. Cobertura del impuesto<br />

En principio, en los siete países el impuesto grava todas las rentas percibidas por las personas<br />

naturales. Sin embargo, hay ciertos matices que se deben tener en cuenta. En Argentina y El Salvador<br />

se aplican exenciones amplias a las rentas del capital, que incluyen los dividendos, las rentas<br />

financieras y las ganancias de capital. En Chile, las rentas empresariales tributan sobre la base de los<br />

retiros de utilidades. En Ecuador, se excluye del impuesto los dividendos y las participaciones en<br />

utilidades sociales.<br />

En Guatemala, al igual que las personas jurídicas, las personas naturales pueden optar por tributar<br />

el 5% sobre los ingresos brutos o por aplicar el régimen del 31% sobre su renta neta. No obstante, en las<br />

estimaciones se asumió que todos los contribuyentes participaban de este último régimen.<br />

c. <strong>Evasión</strong> cuantificada<br />

En Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala y Perú la estimación de evasión abarcó todas las<br />

rentas afectas al impuesto. En la estimación de Argentina incluyó sólo la renta de los asalariados. En<br />

tanto la estimación para el caso de México abarcó las rentas de los asalariados, de las actividades<br />

empresariales y de los profesionales.<br />

d. Años estimados<br />

Cinco países realizaron la medición para un único año: Argentina (2005), Chile (2003),<br />

Ecuador (2005), Guatemala (2006) y Perú (2006). Por su parte, la estimación para El Salvador abarcó<br />

los años 2005 y 2006, en tanto que la de México cubrió el período 2004 a 2006.<br />

e. Ajuste por anualización de ingresos, no respuesta y subdeclaración<br />

En principio, se puede afirmar que los siete estudios de caso se hicieron cargo de los tres tipos<br />

de ajustes, pero de diferentes maneras, dependiendo de la calidad de las fuentes de datos, las corrientes<br />

de ingreso analizadas y las metodologías aplicadas.<br />

En el caso de Argentina, la encuesta se usó para obtener la estructura de ingresos de los<br />

asalariados registrados, según tramos de renta, la que luego se aplicó sobre la cifra de remuneraciones<br />

de las cuentas nacionales. Con este procedimiento se está aplicando implícita y simultáneamente los<br />

ajustes por anualización de ingresos y subdeclaración. El ajuste por no respuesta es menos relevante<br />

en las rentas de asalariados, pues la tasa de respuesta en estos casos es cercana al cien por ciento.<br />

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