Evasión y equidad final_corregido - Cepal
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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />
acuerdos sobre intercambio de información y de fiscalizaciones conjuntas con las administraciones<br />
tributarias de los países vecinos y con los principales socios comerciales. De esta cuenta se favorecen<br />
las posibilidades de planeación de empresas vinculadas.<br />
Los vacíos legales también son de consideración. En primer lugar, la legislación impositiva se<br />
basa en el principio de territorialidad, perdiéndose el control de, principalmente, las rentas de capital<br />
guatemalteco generadas en el exterior, a la vez que no existen disposiciones en materia de tributación<br />
internacional: precios de transferencia y reglas de subcapitalización. En segundo lugar, las<br />
regulaciones sobre rentas de capital y sobre el sistema financiero son insuficientes o poco precisas.<br />
Tercero, no existe una regulación específica sobre las micro y pequeñas empresas, así como sobre el<br />
sistema cooperativo. En cuarto lugar, la amplitud de los incentivos fiscales para la atracción de<br />
inversión extranjera: maquilas, zonas francas, y zonas de libre comercio. Además, estas entidades no<br />
están sujetas a fiscalización, como sucede en otros países. Quinto, existen posibles efectos que sobre<br />
la legislación vigente tenga la competencia fiscal regional inducida por la suscripción por parte de El<br />
Salvador y Costa Rica de Tratados para evitar la doble tributación sobre la renta. Finalmente, los<br />
procesos legales para la sanción de los delitos tributarios son sumamente engorrosos debido a<br />
procesos burocráticos y plazos demasiados largos establecidos en las leyes respectivas.<br />
E.6 Análisis de las causas de la evasión y recomendaciones<br />
para reducirla<br />
En general, las causas del incumplimiento de las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta en<br />
Guatemala, en las formas de elusión y evasión, no difieren significativamente de las que se conocen<br />
en países similares:<br />
• La complejidad de la estructura técnica y legal del tributo: La secuencia de<br />
modificaciones que se han realizado a las disposiciones de la ley del ISR,<br />
desnaturalizaron el gravamen, facilitaron la planeación fiscal, sacrificaron sus objetivos<br />
redistributivos, supeditando las medidas de política a aspectos administrativos.<br />
• Vulnerabilidad legal: La interpretación de la CC sobre la aplicación de los principios que<br />
rigen el sistema tributario guatemalteco, impide la adecuación de las disposiciones<br />
legales que debilitan la base gravable del ISR de empresas y de personas naturales.<br />
• Bajo riesgo de detección: Las acciones que realiza la Administración Tributaria en<br />
materia de gestión del cobro de los tributos y de fiscalización de los contribuyentes son<br />
limitadas. La SAT no cuenta con mecanismos de control a la cuenta corriente de los<br />
declarantes, y se focaliza en el cumplimiento de las obligaciones formales. Por otra parte,<br />
la legislación vigente no provee los instrumentos necesarios para que se realicen ajustes<br />
al cálculo de la base imponible del ISR, por prácticas como los precios de transferencia y<br />
el abuso en la deducción por pago de intereses (capitalización delgada).<br />
• Impunidad en los delitos tributarios: Las debilidades del sistema de justicia en Guatemala<br />
hacen muy difícil que el contribuyente que no cumple con sus obligaciones sea castigado,<br />
aún y cuando ya es difícil que se detecte el incumplimiento. Según un análisis del ICEFI<br />
(2007), los tribunales apenas resuelven el 10% de los casos denunciados (o sea, el resto<br />
queda pendiente de un trámite judicial), los montos recuperados equivalen tan solo a un<br />
2,73% de lo denunciado y los procesos tienen una duración promedio de cuatro años y<br />
seis meses. Lo que es más lamentable, ya que no solo incide en la evasión sino en la falta<br />
de <strong>equidad</strong>, es que según el estudio mencionado, las denuncias tienden a casi totalmente<br />
estar enfocadas en montos menores a Q500 mil (US$65.500) y no existen condenas para<br />
delitos tributarios mayores a Q1 millón (US$131.000).<br />
• Abuso de los incentivos fiscales: La competencia fiscal regional por la atracción de<br />
inversiones ha incidido en la ampliación de los beneficios fiscales que gozan algunas<br />
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