Evasión y equidad final_corregido - Cepal
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CEPAL – Colección Documentos de proyectos <strong>Evasión</strong> y <strong>equidad</strong> en América Latina<br />
cuenta del mismo al impuesto a las ganancias determinado en el ejercicio. Asimismo, desde el año<br />
2004 se puede computar contra el impuesto resultante, el importe del impuesto sobre los Créditos y<br />
Débitos en porcentajes variables según correspondan, a la tasa del 6 por mil o del 12 por mil. A su<br />
vez, el impuesto a la Ganancia Mínima Presunta abonado en un ejercicio puede ser utilizado contra el<br />
impuesto a las ganancias por 10 años. Cotejando el total del impuesto determinado para el ejercicio<br />
2005, el cual ha sido de aproximadamente 4.500 millones de pesos, y comparándolo con los 1.100<br />
millones de pesos que representa el impuesto ingresado para el mismo período, se observa que cerca<br />
del 75% de gravamen determinado ha sido compensado con pagos del impuesto a las ganancias y/o<br />
del impuesto a los débitos y créditos.<br />
E.3 Créditos y débitos en cuenta corriente<br />
El impuesto a los créditos y débitos en cuenta corriente fue aplicado en Argentina por primera vez en<br />
el año 1983, una segunda vez en 1988 y reintroducido una vez más en la estructura tributaria en el año<br />
2001 para hacer frente a la crisis fiscal que enfrentaba el país. El mismo representa actualmente una<br />
porción importante de los ingresos tributarios, alcanzando en el 2007 prácticamente un nivel de<br />
2 puntos del PIB (ver gráfico III.3).<br />
Dicho tributo grava actualmente a una tasa de 6 por mil tanto a los créditos como los débitos<br />
y se determina sobre el importe bruto de las operaciones gravadas, quedando exento todo organismo<br />
nacional, provincial o municipal, así también como los créditos en caja de ahorro o cuentas corrientes<br />
bancarias hasta la suma acreditada en concepto de sueldos del personal en relación de dependencia o<br />
de jubilaciones y pensiones, y los débitos en dichas cuentas hasta el mismo importe, y demás<br />
exenciones contempladas bajo la Ley Nº 25.413.<br />
Argentina fue el primer país latinoamericano en aplicar este tipo de impuesto, mientras que<br />
otros países de la región que han aplicado variantes similares son Brasil, Colombia, Ecuador, Perú, la<br />
República Bolivariana de Venezuela y el Estado Plurinacional de Bolivia.<br />
Una de las ventajas de este tributo -y la principal razón por la que cobró tanta popularidad en<br />
los últimos años en América Latina— radica en sus facilidades administrativas y sus bajos costos de<br />
recolección, ya que al aplicarlo se traslada la función de recaudación del sector público al privado,<br />
recolectando los bancos el impuesto con la ventaja de que se basan en sistemas contables altamente<br />
automatizados 79 . Es por esto que generalmente se suele recurrir a este impuesto en momentos de crisis<br />
fiscal con el fin de aumentar los ingresos públicos. La aplicación del tributo busca de alguna forma<br />
compensar la debilidad del sistema tributario reflejada en las dificultades recaudatorias de los tributos<br />
tradicionales, por lo que con su aplicación termina evitando darle una solución de fondo a las<br />
deficiencias del sistema tributario.<br />
Al mismo tiempo, dicho impuesto –como así también otros impuestos sobre las transacciones<br />
financieras- ingresa generalmente a la estructura tributaria de forma temporal, ya que son varias las<br />
objeciones en torno a su uso, especialmente en relación a los efectos que el mismo tiene sobre la<br />
asignación de recursos. Por otra parte, se mencionan también los efectos negativos que los mismos<br />
producen al grado de bancarización y modernización de la economía, y los incentivos a la evasión que<br />
genera, todo lo cual resulta en una menor productividad del impuesto y en una proyección reducida<br />
del mismo en un mediano plazo.<br />
Por último, la aplicación de este tributo también encuentra argumentos en contra en relación a<br />
su efecto sobre la distribución del ingreso. Se cree que el mismo impacta regresivamente en la<br />
distribución del ingreso ya que las empresas lo suelen internalizar como un costo más y, en<br />
consecuencia, es trasladado prácticamente en su totalidad a los precios, incidiendo de esta manera en<br />
los deciles de menor ingreso de la población.<br />
79 Coelho, Ebrill, Summers (2001).<br />
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