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2001 - Escola Superior do Ministério Público

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186<br />

Revista Jurídica da ESMP - n.º 2<br />

El ansia de unificación legislativa, de intentar alcanzar una identidad<br />

similar, de buscar los lugares comunes del proceso penal, es por tanto<br />

muy palpable en la actualidad desde un punto de vista internacional.<br />

Pero el problema surge precisamente cuan<strong>do</strong> se desciende del<br />

terreno intelectual abstracto al concreto con el fin de elaborar los criterios<br />

meto<strong>do</strong>lógicos de esa soñada unificación, es decir, al intentar plasmar<br />

sobre el papel qué principio o principios deben ser los estructurales de<br />

ese proceso penal que ha de proteger la pacífica y democrática<br />

convivencia de to<strong>do</strong>s los ciudadanos honra<strong>do</strong>s del mun<strong>do</strong>. Y nace el<br />

problema no tanto porque no haya acuer<strong>do</strong> en esos principios, que ni son<br />

ni deben ser muchos, sino porque cuan<strong>do</strong> llega el momento de articularlos<br />

en concreto, los conceptos no tienen el mismo significa<strong>do</strong> en to<strong>do</strong>s los<br />

países, los intereses en juego difieren en matices nada desdeñables y,<br />

en suma, las tan distintas condiciones culturales, políticas y económicas<br />

de cada uno de los pueblos afecta<strong>do</strong>s hacen que se planteen verdaderos<br />

problemas de aplicación práctica aun cuan<strong>do</strong> se esté de acuer<strong>do</strong> en la<br />

necesidad de su existencia.<br />

El aspecto más problemático, en mi modesto entender, en <strong>do</strong>nde<br />

los problemas meramente acaba<strong>do</strong>s de indicar se dan con toda su<br />

crudeza, se presenta en la fase de investigación del proceso penal. Ello<br />

no es casual. Es en la instrucción criminal en <strong>do</strong>nde el legítimo poder del<br />

Esta<strong>do</strong> de investigar el hecho criminal y de perseguir a los criminales se<br />

manifiesta con mayor intensidad, y es ahí precisamente en <strong>do</strong>nde los<br />

también legítimos derechos de los ciudadanos necesitan una mayor<br />

protección. La fase de investigación es así un campo de tensiones<br />

garantiza<strong>do</strong>, de peligro constante de colusión entre intereses de la<br />

Sociedad y principios y valores constitucionales que afectan a los<br />

ciudadanos, en <strong>do</strong>nde nunca debe imponerse el deseo o el criterio del<br />

más fuerte, ni el del más inteligente. En absoluto y muy al contrario, la<br />

preparación del juicio, o de la decisión de su evitamiento, debe basarse<br />

en la razón del justo, en una decisión neutral tomada por quien<br />

constitucionalmente ejerce imparcialmente la función jurisdiccional o tiene<br />

encomendada la labor neutral de la investigación.<br />

Pero vayamos por partes. Empezaré por el acuer<strong>do</strong> de partida<br />

básico y luego intentaré explicar los problemas más importantes que se<br />

dan y cómo deberían resolverse.

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